• 29/05/2011 02:00

Reformas constitucionales, al oído de la Comisión (I)

La justicia requiere regulaciones acordes con la necesidad de la depuración que se pide a gritos. De ahí que me inclino a promover en pr...

La justicia requiere regulaciones acordes con la necesidad de la depuración que se pide a gritos. De ahí que me inclino a promover en principio cambios de forma, al establecer en la Constitución la cantidad de Salas que la compondrán, para que ningún gobierno se tome la atribución de crear nuevas salas, por tener mayoría en la Asamblea.

Siendo esto así, se debe definir que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estará compuesta por cinco salas: Civil, Penal, Contencioso Administrativa, Laboral y Negocios Generales. Que a su vez los requisitos de sus miembros se vayan reformando, y que para ser magistrado se deberá contar con 50 años de edad y 20 de experiencia en materias relacionadas con cada jurisdicción. Su periodo será de 12 años y no podrán ser reelectos para dichos cargos, en ninguna de las Salas. Con esto vamos exigiendo mayor experiencia y sobre todo mayor compromiso hacia con la Justicia.

Definidas las salas que compondrán la CSJ, nos debemos adentrar en la creación del Tribunal Constitucional, que me arriesgo a proponer que el mismo esté compuesto por cinco magistrados. Para los cuales se les puede fijar un periodo vitalicio en el cargo, bajo la premisa de que para ser miembro de este Tribunal deberán tener 60 o 65 años de edad y un mínimo de 30 años de ejercicio profesional. Con esto se buscan personas comprometidas, con una vasta experiencia, que busquen impartir, más allá del bien y el mal, justicia objetiva y ser los guardianes del Orden Constitucional.

¿Cómo se haría la selección de estas personas? Ahí es el debate de fondo, pues, la atribución actualmente está en manos del presidente de la República por disposición de la Constitución. En primer término, con una reforma se debe incluir un artículo transitorio donde todos los magistrados de la CSJ cesarán en sus funciones una vez entre en vigencia la nueva Constitución.

¿Cómo sería la elección de la nueva CSJ? Se deberá dar participación a diferentes actores de la sociedad, como las facultades de Derecho y los gremios abogadiles para que de su conjunto seleccionen ternas, para de ellas seleccionar un tercio de los magistrados; El otro tercio será seleccionado por la Asamblea Nacional, con la votación de la mitad más uno de sus miembros; y el último tercio escogido por el Órgano Ejecutivo, a través del presidente de la República. En los tres casos, se podrán tomar en cuenta actuales funcionarios del Órgano Judicial.

Con relación a la escogencia de los miembros de la Corte Constitucional o Tribunal Constitucional, este se podría dar de la siguiente manera: uno escogido de entre los miembros de la CSJ, otro por el Órgano Legislativo, un tercero de una terna presentada por los sectores relacionados con la práctica del Derecho y dos por el Órgano Ejecutivo con la aprobación de la mitad más uno de los miembros de la Asamblea. La mayor limitante será que ninguna persona electa en votación popular, sea cual fuese el periodo en el cual fue electo, podrá ser designado magistrado y tampoco quien haya estado inscrito en partido político en los últimos diez años.

Igual situación debe recaer en otros funcionarios ligados con la justicia, que es el aumento de la edad y la experiencia en los magistrados de Cuenta, Electorales, procurador de la Nación, fiscales electorales y de Cuentas. Con relación al procurador de la Administración, este debería tener el periodo concurrente con el Ejecutivo; pues, se supone que es su principal asesor en temas de administración pública.

*EMBAJADOR DE PANAMÁ EN ECUADOR.

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