Carlos Bichet: En la Constitución no hay nada que diga que no se puede derogar el contrato minero

Actualizado
  • 10/11/2023 00:00
Creado
  • 10/11/2023 00:00
El jurista analizó en “Portada” los aspectos jurídicos del contrato. Considera que no hay garantías de que la Corte falle la inconstitucionalidad
Carlos Bichet Nicoletti, abogado y docente

En la medida que se profundiza el reclamo popular en contra del contrato minero (Ley 406), se intensifica el debate sobre si derogar la norma o esperar un fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la inconstitucionalidad.

Luego de registrarse más de 900 detenidos, cientos de heridos y cuatro fallecidos en 20 días consecutivos de protestas, abogados como Carlos Bichet Nicoletti plantean que la derogación es un camino jurídicamente viable y daría una respuesta inmediata para retomar la paz social en el país.

“No hay nada en nuestra Constitución que diga que no se puede derogar una ley con otra ley a pesar de que sea un contrato-ley”, señala Bichet, quien posee un doctorado en derecho internacional de la Universidad de Notre Dame, EE.UU.

Aunque el numeral 15 del artículo 159 de la Constitución establece que la Asamblea puede aprobar o improbar los contratos-ley, el mismo artículo plantea que la función legislativa es expedir leyes para los fines del Estado. Sin embargo, al incluir la frase 'en especial para lo siguiente' deja abierta la posibilidad de ampliar las funciones de la Asamblea para otros aspectos como derogar un contrato-ley, analizó. En el artículo “no dice por ningún lado que una ley no puede derogar un contrato-ley”, recalcó este jueves en “Portada” de La Estrella de Panamá.

Dijo que no hay jurisprudencia por parte de la Corte sobre el asunto, y quienes defienden a ultranza el fallo de la Corte parten de supuestos o exageraciones que no necesariamente tienen asidero en la realidad social y jurídica.

“Nos dijeron que solo a través del fallo de la Corte nos iba a salvar de un arbitraje internacional. Tuvieron que cambiar el discurso y ahora hablan de que nos puede preparar mejor para un arbitraje”, remarcó.

También puso en cuestión las amenazas de que un litigio con First Quantum implicaría montos exorbitantes, casi “impagables”. “Pasaron de decir que nos costará mil millones a 100.000 millones, cuando el arbitraje más caro en la historia de la humanidad, el caso (de la petrolera) Yukos vs. Rusia fue por 59.000 millones, y nos van a decir que por la mina en Panamá van a superar eso”, dijo.

Consideró un error comparar, como lo han hecho abogados, que la salida de un tratado (entre Estados) aplica igual con un contrato (entre Estado y privados) como argumento para rechazar la derogación.

Indistintamente de cómo se termine el contrato –derogación o la Corte–, en el ámbito internacional para arbitraje se considerará como una ruptura unilateral.

Aclaró además que en el mundo del arbitraje internacional los casos no forman precedentes, por tanto citar otros procesos para reforzar la idea de que con el fallo de inconstitucional le iría mejor a Panamá, no es correcto.

Bichet precisó que tampoco es seguro que la Corte falle en favor de la inconstitucionalidad. Recordó que en la demanda del contrato de 1997, a diferencia de en esta ocasión, los procuradores de la Nación y la Administración dijeron que ese contrato era constitucional. Por tanto, que ambas instituciones se muestren a favor de la inconstitucionalidad no es garantía de una decisión favorable.

“Abogados hablan como si de hecho la Corte va a fallar la inconstitucionalidad. El órgano que tiene democráticamente menos pesos y contrapesos es la Corte Suprema. Son gente que no se debe a las discusiones de la voluntad popular, sino a las designaciones”, dijo.

Para Bichet, si bien la crisis está cruzada por un problema jurídico, la cuestión de fondo es política. De allí que la derogación podría atender, en derecho, las demandas de la gente en las calles.

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