Reclaman a la CA detener el remate de fincas en Coronado

Actualizado
  • 29/06/2016 02:00
Creado
  • 29/06/2016 02:00
Según los denunciantes, el banco persigue la idea de que no se presente postor alguno al remate

El Juzgado Ejecutor de la Caja de Ahorros tiene en sus manos decidir un recurso de suspensión a la orden de remate, programado para mañana, de siete fincas, entre ellas algunas que constituyen áreas comunes de los condominios Ibiza Playa Coronado e Ibiza Playa Corona, para saldar un préstamo con $4.7 millones de mora.

CRONOLOGÍA DEL CASO

El problema, según la sociedad Administradora Corona, S.A. —una de las fiadoras del crédito a favor de empresas vinculadas a Roberto Rollón García y Rugiere Gálvez—, es que la entidad pretende recaudar apenas $2.6 millones con fincas que avaluó en $1.5 millones y que en realidad, juntas, valen $10.7 millones.

El recurso sostiene que al ser la segunda vez en que se convoca al remate, la Caja de Ahorro podrá reducir el mínimo de ofertas a los $2.6 millones, aun cuando utilizar de referencia el monto real ‘serviría para cubrir la deuda exigida y quedaría un remanente a favor' de los dueños de las propiedades'.

Según los denunciantes, el banco persigue la idea de que no se presente postor alguno al remate, para que ‘el 1 de julio, cualquier persona pueda hacer postura por cualquier suma y de esta manera se le adjudiquen los siete inmuebles a un precio bajo, con el solo interés de afectar a los ejecutados y al patrimonio de la Caja de Ahorros'.

Esto, insisten en el recurso, va en contra de los artículos 1714 y 1716 del Código Judicial, que ordenan al juez ejecutor suspender el remate cuando el precio obtenido ‘no alcanzare a cubrir el crédito, intereses y costas, y no podrá al día siguiente estimar que se trata de la tercera fecha de remate, donde se podrán recibir posturas por cualquiera suma'.

Los quejosos también atacan la decisión del Juzgado Ejecutor del banco estatal de decidir el remate sólo de una fracción de las fincas dadas en garantía, lo que a su juicio contraría el propio Código Judicial.

‘Ha decidido sin que ninguna parte lo solicite lotear los bienes del remate, pues en vez de rematar los 21 inmuebles embargados ha decidido sólo rematar siete. He aquí la primera ilegalidad', advirtió Administradora Corona, recordando que la norma establece que los únicos que pueden solicitar el fraccionamiento de los bienes para remate son las partes involucradas. Lo deben hacer antes de que se decida cuándo será la oferta.

‘De igual forma, se han segregado los inmuebles a rematar sin una resolución previa que así lo ordene o disponga, pues se ha realizado con el anuncio de la fecha del remate, por lo tanto, se configura la segunda ilegalidad, al ordenar el loteo sin resolución y de forma extemporánea', agrega el documento, que cuestiona la legitimidad del juez ejecutor del caso, y critica que éste nunca quiso dar parte al curador del proceso. ‘El norte es rematar lo antes posible y al menor precio', insisten.

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