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Consejo de Gabinete: Siete empresas hieleras pagarán $66 mil tras demanda de Acodeco
- 01/09/2026 19:27
El Consejo de Gabinete aprobó este 1 de septiembre las Resoluciones 94-26, 95-26, 96-26, 97-26 y 98-26, mediante las cuales se autoriza la Transacción Judicial suscrita entre la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) y siete empresas dedicadas a la producción y comercialización de hielo.
Las compañías involucradas son Hielería Azuero, S.A.; Hielo Oriental, S.A.; Hielo Cristal Central del Istmo, S.A.; Hielo Cristal Las Tablas, S.A.; Producción Panameña de Hielo, S.A.; Hielo Ameglio y Hielo Express, S.A.
El proceso se originó en 2022, cuando Acodeco presentó una demanda contra las empresas por la presunta comisión de prácticas monopolísticas absolutas.
La investigación estaba relacionada con posibles acuerdos sobre el precio de venta y la “repartición” del mercado minorista de hielo en bolsa chica en las áreas de Chitré, Las Tablas y Penonomé.
Sin embargo, las partes llegaron posteriormente a un acuerdo mediante el mecanismo de Transacción Judicial, con el objetivo de poner fin al proceso.
Para que este acuerdo pueda ser aprobado por el tribunal era necesario contar con el concepto favorable de la Procuraduría General de la Nación y con la autorización del Consejo de Gabinete, conforme a lo establecido en el artículo No. 533 del Código Procesal Civil.
El artículo 530 del mismo código reconoce la Transacción Judicial como un medio excepcional para terminar un proceso, mientras que en este caso ambas partes manifestaron su intención de poner fin al litigio.
Como parte de los compromisos acordados, cada una de las empresas presentó propuestas por escrito al administrador de Acodeco para cerrar el proceso mediante una Transacción Judicial.
Los compromisos fueron considerados favorables para los intereses del Estado e incluyen aportes económicos individuales de entre $10,000 y $20,000.
En total, las siete empresas deberán entregar $66,000 al Tesoro Nacional.
El pago deberá realizarse individualmente mediante cheque certificado a favor del Tesoro Nacional, dentro de un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha en que quede ejecutoriado el auto judicial que apruebe la transacción.