Ejecutivo publica en la ‘Gaceta Oficial’ el nuevo salario mínimo nacional

  • 06/01/2026 17:12
El decreto fija el salario mínimo por hora según actividad económica, ocupación, tamaño de la empresa y región.

A tráves del Decreto N° 13 , publicado este martes en la Gaceta Oficial, se estableció nuevas tasas de salario mínimo en todo el territorio nacional, el cual regirá a partir del 16 de enero del 2026 y tendrá vigencia hasta el año 2027.

El decreto, firmado por el presidente de la República, José Raúl Mulino, y la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz, fija el salario mínimo por hora según actividad económica, ocupación, tamaño de la empresa y región, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la Constitución y el Código de Trabajo.

La normativa es resultado del consenso alcanzado en la Comisión Nacional de Salario Mínimo, integrada por representantes del sector trabajador, empleador y el gobierno, tras un análisis de las condiciones económicas, el costo de vida, de las políticas económicas y sociales del país, políticas de empleo y la redistribución de ingresos a nivel nacional .

Entre las actividades contempladas en el decreto se encuentran agricultura, comercio, construcción, industria manufacturera, hoteles y restaurantes, transporte, información y comunicación, actividades financieras, profesionales, educación, salud, artes y entretenimiento, entre otras.

También se establecen tarifas específicas para zonas francas, casinos, medios de comunicación, periodistas, trabajadores portuarios y del sector turístico.

En el caso del trabajo doméstico, el salario mínimo se mantiene como un monto mensual, fijado en 350 dólares para la región 1, y para la región 2 es de 320 dólares.

Con la entrada en vigencia de este decreto, queda derogado el Decreto Ejecutivo N.° 01 del 10 de enero de 2024, que regulaba las tasas anteriores de salario mínimo.

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