Legislativo aprueba veto presidencial a ley de contrataciones públicas

Actualizado
  • 29/04/2020 15:55
Creado
  • 29/04/2020 15:55
Para el oficialista Leandro Ávila pretender que se sancione o inhabilite a una empresa para toda la vida, es violatorio de los derechos humanos

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles en tercer debate el proyecto número 10 que modifica la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública y dicta otras disposiciones, que fue vetado por el Órgano Ejecutivo.  

El documento fue aprobado con 44 votos a favor de parte de diputados del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD) y Molirena,  del opositor Cambio Democrático y obtuvo tres votos en contra de los diputados de la bancada independiente Juan Diego Vásquez, Gabriel Silva y Edison Broce.

El proyecto fue vetado parcialmente por el presidente del República en sus artículos 12, 27, 53, 63 y 64; los cuales fueron ajustados por los diputados tras ser devueltos al Órgano Legislativo.   

La propuesta de modificación aprobada el martes en segundo al artículo 12 referente a la incapacidad para contratar, volvió a ser objeto de críticas este miércoles por parte de diputados de la bancada independiente.

La modificación fijó un término de tres años de inhabilitación para contratar a quienes realicen acuerdos de colaboración judicial o acuerdos de pena, donde reconocen la comisión de delitos contra la Administración pública, delitos contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva, delitos contra el patrimonio económico y delitos contra la fe pública.

En la redacción del texto único vetado por el Presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen no se establecía un término de inhabilitación para el colaborador eficaz, pero sí se fija un término de inhabilitación por cinco años a los condenados por sentencia judicial definitiva por la comisión de delitos contra la Administración pública, delitos contra el orden económico, delitos contra la seguridad colectiva, delitos contra el patrimonio económico y delitos contra la fe pública, cuando sean personas naturales con penas de prisión de uno o más años, por un tribunal panameño o extranjero.

El Presidente de la República en su veto, planteó que la redacción del numeral 9, es inexequible, porque vulnera los efectos jurídicos del artículo 32 de la Constitución Política de la República debido a que se impone una sanción administrativa a una persona que se encuentra bajo investigación y que con sus aportes contribuye con el Estado (Ministerio Público) en un proceso de investigación penal o jurisdiccional, sin que inclusive, sea o pueda ser sancionada penalmente; pero que, con la fórmula del Proyecto de Ley 10 de 2019, se le está sancionando por ello a perpetuidad, al no fijarse un término.

Este miércoles el diputado Juan Diego Vásquez expresó su inconveniencia a los ajustes realizados al artículo 12.    

Expresó que lo que se aprobó hace más conveniente la contratación por parte de empresa corruptas. "Se aprueba algo que tiene la principal función de favorecer a empresas que confiesen la corrupción", indicó.

Por su parte, el también diputado independiente, Edison Broce cuestionó que en estos últimos días se hayan dado "escándalos en tiempos de pandemia" y no baste con eso, si no que han mandando desde el Ejecutivo a la Asamblea un mensaje errado y que las empresas corruptas puedan seguir contratando con el estado, con una ley laxa. "Tenemos que pensar en un país que sea para todos, no solamente para los amigos del poder y los corruptos", afirmó.

En tanto, el diputado oficialista Leandro Ávila expresó que pretender que se sancione o inhabilite a una empresa para toda la vida, es violatorio de los derechos humanos. "Lo que necesitan los panameños de una ley de contrataciones públicas es que haya transparencia en los actos de licitación, que sea ágil, y obviamente que sea eficaz".

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