Ley de intereses preferenciales: un mecanismo financiero para la expansión de la ciudad

Actualizado
  • 07/09/2019 02:00
Creado
  • 07/09/2019 02:00
No existen instrumentos que permitan equilibrar la distribución espacial de la vivienda social en Panamá

En 1985, el Estado panameño, a través de la Ley 3 del 20 de mayo de 1985, establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios, lo que da a personas de ingresos medios y bajos la posibilidad de abaratar el costo de sus viviendas con subsidios al crédito bancario y no bancario.

En primera instancia esta ley representa un cambio en el mecanismo a través del cual el Estado había estado atendiendo las necesidades de los sectores populares. Durante las décadas de 1960 y 1970, el Estado se hizo responsable de la construcción de viviendas y su posterior colocación entre las familias que las requerían, siendo la época dorada de la construcción de este tipo de edificaciones en Panamá.

Con la aprobación de la Ley de intereses preferenciales, el Estado pasa a un modelo donde traslada esta responsabilidad al sector privado, ofreciéndole un estímulo, a partir del subsidio que brinda a las familias, para que puedan acceder al crédito y adquirir una vivienda (Fernández, 2011).

‘De esta forma, se ampliaba la masa de población con capacidad de acceder al crédito y se estrechaba el vínculo entre los sectores de la construcción, inmobiliario y financiero, sectores clave de la economía panameña'.

Este subsidio surge en un momento en que las preocupaciones sobre la debilidad del crecimiento económico durante la primera mitad de la década de 1980, llevaron a la necesidad de generar políticas que permitieran reactivar la economía, y con ello, impulsar el uso del crédito disponible y acumulado en el centro financiero internacional.

Uno de los mecanismos implementados para impulsar la reactivación económica, fue la creación de ésta legislación.

Es así como un subsidio pensado para apuntalar la economía panameña en un momento de crisis y facilitar el acceso a la vivienda a las familias de clase media, se convierte en un instrumento cuasi- permanente, que ha sido extendido en el tiempo y aumentado progresivamente.

Así tenemos que los montos máximos de financiamiento cubiertos por la Ley de intereses preferenciales han pasado de los $50 mil originales en 1985, a $62 mil 500 en 1990, $80 mil en 2008 y $120 mil en 2012.

¿Qué se ha logrado?

Esta normativa se convierte en un mecanismo de facto por el cual se vincula al sector financiero, establecido en el centro financiero internacional, y a el sector inmobiliario, ‘logrando así una colocación permanente de recursos de crédito para la adquisición de viviendas preferenciales' (Fernández, 2011).

De esta forma, se ampliaba la población con capacidad de acceder al crédito y se estrechaba el vínculo entre los sectores de la construcción, inmobiliario y financiero, claves en la economía.

La política de subsidios a través de la Ley de intereses preferenciales, si bien, sirvió para que hogares de ingresos medios pudiesen adquirir sus viviendas, también impulsó el desarrollo del modelo expulsor de la vivienda de este tramo de ingresos hacia la periferia, mientras conservaba la oferta de vivienda suntuosa en el centro y dejaba sin opciones de adquirir vivienda en el mercado formal a los hogares de ingresos más bajos (Cabrera, 2013; Castro-Gómez, 2012).

Limitaciones

Uno de los aspectos centrales de la ley es la restricción establecida para la obtención de vivienda nueva y no del mercado secundario como requisito principal para acogerse a los beneficios de la ley, lo que ha jugado un rol importante en el crecimiento expansivo que ha sufrido la ciudad hacia su periferia, en la existencia de un mercado secundario reducido y en la ausencia de oferta formal de vivienda para los sectores de menores ingresos del país.

Es un instrumento central en la construcción de la ciudad, debido a las condiciones que impone a los productores y consumidores de vivienda, por la ausencia de coordinación con los aspectos territoriales y de planificación urbana de la ciudad.

No hay instrumentos que permitan equilibrar la distribución espacial de la vivienda social en Panamá. Las condiciones existentes de alto valor del suelo, la ausencia de incentivos para la construcción y renovación del centro urbano, empujan cada vez más afuera los proyectos de vivienda social.

Se requiere desarrollar instrumentos que estimulen una mejor distribución espacial de la oferta de vivienda social que no condene a sus demandantes a vivir en la periferia.

Existe una necesidad de orientar la política pública de vivienda social no solo hacia la dotación de soluciones de vivienda para aquellos que no puedan pagarla, sino hacia el desarrollo de instrumentos y mecanismos que permitan la ordenación del espacio ocupado, la promoción del acceso a las oportunidades y servicios a la población que reside en estos proyectos.

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