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- 17/04/2026 11:53
El Ministerio de Gobierno (Mingob) aclaró el alcance del nuevo decreto publicado en la Gaceta Oficial N.° 30505 C, que regula el servicio conocido como “taxi de lujo” y redefine el rol de las plataformas digitales vinculadas al transporte de pasajeros en Panamá.
Según la entidad, la normativa no implica la salida del país de estas empresas, sino una delimitación de sus funciones dentro del sistema de transporte.
El Mingob explicó que las plataformas “pueden continuar siendo un componente dentro de la operación”, siempre que su actividad se limite a intermediar entre el usuario y el prestador del servicio debidamente autorizado.
“No tienen que irse del país, ellas pueden continuar siendo un componente dentro de la operación comunicando al que presta el servicio de forma autorizada con quién lo solicita a través de tecnología”.
La institución también enfatizó que el decreto busca corregir prácticas que excedían el marco legal vigente.
“Este decreto redefine y circunscribe el rol de las empresas de intermediación digital a solo intermediar”, detalló el Mingob que es la entidad vinculada al Decreto Ejecutivo N°. 10 del 16 de abril de 2026.
De acuerdo con la explicación oficial, algunas plataformas estaban realizando funciones de fiscalización y control que corresponden exclusivamente al Estado y a sus entidades autorizadas por ley.
“Toda vez que estaban ejerciendo funciones de fiscalización y control privativa del Estado y sus entes autorizados por ley”.
El decreto también introduce cambios estructurales en el modelo de operación del servicio de “taxi de lujo” que no solo impactan a las plataformas digitales, sino a toda la cadena del transporte selectivo.
Por un lado, establece que las tarifas estarán bajo control de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), lo que limita la capacidad de las plataformas de fijar precios de manera independiente. Esto marca una diferencia clave con el modelo previo de economía digital.
Además, se refuerza la separación entre tecnología y operación: las plataformas no podrán ser propietarias de vehículos ni de certificados de operación, los cuales seguirán en manos de concesionarios autorizados. Esta disposición busca mantener el esquema tradicional de concesiones dentro del sector transporte.
El decreto también introduce un mecanismo de acceso regulado al mercado. Empresas como UBER e InDrive y otras, deberán participar en procesos de convocatoria pública y obtener autorización expresa para operar; sin este requisito, no podrán prestar el servicio en el país.
Finalmente, la normativa incorpora un periodo de transición de tres meses para que conductores y operadores se ajusten a las nuevas exigencias, tras lo cual las autoridades podrán aplicar sanciones. Entre ellas, destaca la tipificación como “piratería” para quienes operen fuera del marco legal.
Este conjunto de medidas apunta a un mayor control estatal del sistema, al tiempo que redefine el equilibrio entre innovación tecnológica y regulación del transporte público selectivo.