Impondrán multas a peatones que no usen los pasos elevados

El decreto advierte que los peatones que incurran serán conducidos a la corregiduría de turno y la multa será de 25 a 200 dólares

La Alcaldía de Panamá impondrá multas de 25 a 200 dólares a los peatones que no utilicen los pasos elevados existentes, los que no crucen la vía por las líneas de seguridad y los que no utilicen los semáforos peatonales existentes la ciudad capital.

El Decreto Ejecutivo Nº 640 de 27 de diciembre de 2006 faculta a las autoridades jurisdiccionales, imponer las sanciones que correspondan a los peatones que cometan las faltas administrativas contenidas en el Reglamento de Tránsito.

El decreto advierte que los peatones que incurran en las prohibiciones serán conducidos a la corregiduría de turno y una vez formulado el cargo de infracción, el corregidor impondrá la sanción prevista en el decreto alcaldicio.

La norma publicada en la gaceta oficial Nº 27993 establece a los reincidentes la imposición del doble de la multa impuesta en la sanción anterior y faculta a la Dirección de Seguridad Municipal de la Alcaldía de Panamá ejecutar campañas de educación vial a la población capitalina.

El Reglamento de Tránsito de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) prohíbe a los peatones caminar sin utilizar las aceras, veredas y caminar en el mismo sentido del tránsito vehícular cuando no existan aceras, veredas y demás facilidades habilitadas para su uso.

El decreto municipal también establece sanciones a los peatones que crucen la calle en un momento distinto al que indique el semáforo peatonal, así como cruzar una vía al descender de un vehículo de transporte público, sin tomar las precauciones del caso.

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