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- 11/06/2015 02:00
Por una cláusula de protección de derechos contenida en el Código Procesal Penal, si la Corte Suprema de Justicia no consigue la comparecencia personal del expresidente Ricardo Martinelli, no podrá procesarlo por las supuestas anomalías en la compra de $60 millones en comida deshidratada para el Programa de Ayuda Nacional (PAN), el primero de los expedientes abiertos en su contra.
La disposición está contenida en el artículo 93 de la norma judicial, que establece que por mandato constitucional, y de acuerdos internacionales, de ese modo no se podrá ejecutar el proceso legal contra Martinelli.
El texto respalda la estrategia de parte de la defensa del exmandatario, que sostiene que le recomendaría seguir en el autoexilio porque —dice su abogado Rogelio Cruz— ‘no hay garantías' para procesarlo.
Martinelli, la primera persona a la que la Corte investiga bajo el Sistema Penal Acusatorio, reside desde marzo en la ciudad de Miami. En febrero entregó a su esposa, Marta Linares, poderes para que lo represente en todos sus negocios.
El 4 de julio vencería el plazo que tiene el magistrado Oydén Ortega para concluir la investigación y pedir a Jerónimo Mejía, el juez de garantías, una audiencia de imputación de cargos o no.
A esa audiencia Martinelli estaría obligado a comparecer, según se establece en el artículo 278 del Código Procesal Penal. También si el fiscalía determina la necesidad de dictar medidas cautelares personales. Así las cosas, Martinelli está en manos del magistrado Ortega.
Voces de la sociedad civil organizada han urgido al exmandatario a encarar personalmente la justicia, y más tomando en cuenta que es el líder de Cambio Democrático (CD), el segundo partido con más afiliados en el país.
Además de las pesquisas por las irregularidades en la transacción por la comida deshidratada, la Corte investiga a Martinelli por las intervenciones telefónicas ilegales desde el Consejo de Seguridad de la Presidencia durante su administración. Este último caso fue abierto el lunes pasado.
Si el expresidente no comparece ante la Corte Suprema de Justicia cuando esta lo requiera, se suspenderá el tiempo para la prescripción del delito del cual es objeto de investigación (contra la administración pública), que varía entre los dos y los quince años.
Según el artículo 158 del Código Procesal Penal, la ‘ausencia de la persona imputada' —que sería declarada en rebeldía y contra la cual se giraría orden de detención— ‘no afectará la fase de investigación'.
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LAS PESQUISAS EN LA CORTE
El máximo tribunal abrió la investigación el 4 de mayo pasado
Se intenta establecer el rol del expresidente en la compra de comida con sobrecostos. El exjefe del PAN Rafael Guardia aseguró que Martinelli le ordenaba obedecer a su secretario Adolfo de Obarrio, en la asignación del contrato a Lerkshore Ltd.