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"Coimeros" podrían ir a la cárcel según el Código Penal
- 25/05/2015 02:13
Según el diccionario de la Real Académia Española , la palabra "coimero" es una persona que da o recibe soborno.
Esto también es castigado en el país. El artículo 345 del Código Penal, sanciona con prisión de dos a cuatro años el servidor público que, personalmente o por persona interpuesta, incurra en las siguientes conductas:
1. Acepte, reciba o solicite donativo, promesa, dinero o cualquier beneficio o ventaja, para realizar, omitir o retardar un acto en violación de sus obligaciones, o quien las acepte a consecuencia de haber faltado a ellas.
2. Acepte, reciba o solicite donativo, promesa, dinero o cualquier ventaja o beneficio indebido, para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a sus obligaciones, o como consecuencia del acto ya realizado.
Pero el artículo 102 del Código Penal establece que el juez podrá reemplazar la pena de prisión a días multas o trabajo comunitario.
Recientemente el empresario Cristóbal Salerno, reveló al Ministerio Público que había pagado inicialmente una coima de $2.8 millones y otra de $3 millones al exdirector de la Dirección General de Ingresos (DGI), Luis Cucalón. Mientras que al expresidente Ricardo Martinelli le dio entregó cada dos o cuatro meses entre $400 mil a $600 mil.
Salerno también admitió ser el dueño de Cobranzas del Istmo, empresa encargada de recaudar los impuestos para el Estado en la pasada administración.