- 07/08/2015 02:00
El empresario Nicolás Corcione no compareció ayer a la indagatoria que le tenía agendada el fiscal contra la Delincuencia Organizada, Nahaniel Murgas, porque su defensa consideró que el procedimiento sería nulo.
Por segunda vez, Corcione plantó a Murgas (la primera fue el 29 de julio último), que lo ha incluido en la investigación por el enriquecimiento ilícito del exmagistrado Alejandro Moncada Luna.
Roberto Moreno, defensa de Corcione, aseguró que su cliente no debía atender la orden del fiscal porque, al ser parte de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), debe ser investigado por la Corte Suprema de Justicia bajo el Sistema Penal Acusatorio.
Sin embargo, abogados han explicado a La Estrella de Panamá que el argumento de Corcione no procede porque el artículo 40 del Código Procesal Penal, que establece a quiénes la Sala Penal de la Corte debe investigar, habla de directores y subdirectores de entidades autónomas, y no de miembros de su junta directiva.
El vicepresidente del Colegio de Abogados, Juan Carlos Araúz, advirtió que la norma no abre la ‘posibilidad' de que los procesos judiciales de Corcione o algún otro miembro de la directiva de la ACP concurra a la Corte Suprema.
Para la exmagistrada Esmeralda de Troitiño, el debate será ‘interesante', pero cree que la lógica que debe primar en este caso es que un director de una junta directiva no es lo mismo que un director de una entidad.
‘Los directores de las entidades autónomas tienen el poder de decidir ellos mismos, pero no es lo mismo que compartas el poder de decisión con otras once personas', explicó Troitiño. La jurista ha salvado que en el caso del director que ejerce la presidencia de la Junta Directiva, el ente investigador es el Pleno de la Corte. ‘Pero sólo porque también es ministro del Canal', agregó.