El proyecto de ley 219 vs. la ‘corrupción'

Actualizado
  • 18/04/2018 02:00
Creado
  • 18/04/2018 02:00
Crea una Sociedad Anónima Deportiva. Moya pide el 10% de la Utilidad Neta del Canal, y de la AMP

La nota suelta: En la estructura del COI los dos (2) cargos de mayor jerarquía en los Comités Olímpicos Nacionales (CON) son el presidente y el secretario general. Prueba de ello son los dos invitados a los Juegos Olímpicos con su acompañante, y todos los gastos pagos, que incluye viáticos. Esos mismos principios funcionan en Juegos Panamericanos, Campeonatos Mundiales, etc. Por ello, una vez más, censuro a Camilo ‘‘Madurito” Amado e igualmente a la Secretaria General del COP, Estela Riley, que fue elegida en ese cargo, en las elecciones del 2016, que muchas veces por su postura ambivalente siempre le están faltando el respeto. Caso ‘‘Linton Bay” Baitel.

Los empleados administrativos asalariados, no importa el cargo que ocupen, y cito a la gerente administrativa, Mónika Boloboski Jaiz, y la Letrada, Damaris (USD$) Young, no pueden ni deben estar ocupando cargo o dando órdenes a los miembros del COP. Como ‘‘Madurito” se siente protegido por su Hado Padrino, Peré Miró, no le importa la Recomendación 27 de la Agenda Olímpica 2020. ‘Cumplir con los principios de buena gobernanza'. Según mis pesquisas, la SG tiene acceso ‘restringido' a muchos documentos en el COP. Una vez más digo: no hay mal que dure para siempre, y tarde o temprano habrá un drenaje total de la ciénaga de lo que llamamos Comité Olímpico de Panamá.

El Tema de hoy. No sé si el HD Juan Bautista Moya, que le encanta la notoriedad, que recibió una nueva ‘dosis de venoclisis' y ha retornado del anonimato, ahora como HD Principal de la curul de Melitón Arrocha, ahora Embajador ante la ONU, y por TV se vio su gesto irrespetuoso a la diputada Dalia Bernal del CD, escuchó las palabras del arzobispo de Panamá, José Domingo Ulloa, en la XLIV Cita Eucarística. Dijo: ‘Panamá continúa herido por la corrupción y la falta de justicia expedida, y de justicia para algunos e injusticia para otros'. En su proyecto de ley 219, en lo que ahora en el artículo 27 llama ‘Consejo Superior de Deporte', que ya describí en este espacio. El Art. 28: ‘Se reunirá por derecho propio en sesiones ordinarias cada 60 días. Recibirá un presupuesto especial para operar'. En la Ley 50 de 2007, el DG de Pandeportes (Ramón Cardoze), usurpó esa facultad de la Ministra de Educación, en la Ley 16 de 1995, y el Punto 3 del Art. 12 de la Ley 50 dice. (El DG. de Pandeportes convocará las Reuniones), no dice quién lo hará en el Proyecto de Ley 219. Desde el Art. 41 comienza el rosario de Sociedades Anónimas Deportiva (SAD). Dice. ‘Los clubes o sus equipos profesionales, que participen en competencias deportivas oficiales de carácter profesional, podrán adoptar la forma de sociedad anónimas deportivas a que se refiere la presente ley. Dichas SAD quedarán sujetas al Régimen General de las Sociedades Anónimas, con las particularidades que contiene esta ley y en sus normas de desarrollo'.

‘Las SAD tendrán como objetivo social, la participación en competencias deportivas de carácter profesional y, en su caso, la promoción y el desarrollo de actividades deportivas, así como otras actividades relacionadas o derivadas de dichas prácticas.' Art. 44: ‘Solo podrán ser accionistas de la SAD, las personas físicas de nacionalidad panameña o extranjera con residencia panameña, las personas jurídicas públicas', etc.

Veamos ahora el Art. 126: ‘Fondo Nacional del Deporte. Se crea el Fondo Nacional del Deporte, el que funcionará como cuenta especial en jurisdicción de La Autoridad, a través de su área competente y se integrará con los siguientes recursos: 1), El 10% del producto neto de la Utilidad del Canal de Panamá: (En el 2017 la Autoridad del Canal entregó al Tesoro Nacional $1,650 millones). El beneficio líquido del 10% que arroje la explotación de casinos. 3), El 10% del impuesto marino de abanderamiento (En el 2016 la cifra de la AMP fue de 103.7 millones). 4), Los fondos que ingresan derivados de la gestión comercial (¿cuáles?), de la Autoridad Naciona de Deportes. 5), Los que fije anualmente el Presupuesto del Estado. 6), Herencias, legados y donaciones, (¿cuáles?). 7). Los ingresos nuevos, (¿cuáles?), que se crearán de las derivaciones presupuestarias establecidas en esta ley. Hay 2 más. El Arzobispo José D. Ulloa, hizo un llamado al alto de la corrupción en el país. Si la Ley Moya designa a ‘Madurito' Amado, con poca credibilidad ‘VP' del Consejo, o quien designe, (seguro que será su Letrada), sería como dice el título de hoy: ‘El Proyecto de ley N° 219 vs. La ‘corrupción'. Tomen nota de esto. Así es.

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