Oficial, ‘fraude' Electoral Dep. del 2018-2022

Actualizado
  • 29/06/2018 02:00
Creado
  • 29/06/2018 02:00
El Reglamento Electoral está en la Gaceta Oficial Digital, N° 28555-B. Martes 26 de junio, de 2018

Una vez más quedó totalmente comprobado que en mi querido Panamá, el deporte no es la excepción del deterioro casi total de los principios éticos y morales, y el afianzamiento de las costumbres y valores sociales y culturales que deben formar parte de la identidad nacional. En parte de mi escrito del jueves 28 de junio de 2018, con título: ‘Los atletas no deben apoyar a los malos dirigentes', dije que en la Reforma COI 2000, el Presidente del COI, Juan Antonio Samaranch dijo: ‘Los JO (aplica para la ‘CM' de Fútbol, Rusia 2018), son portadores de un mensaje ético universal dirigido especialmente a los jóvenes de nuestro tiempo'. En Panamá, y más acentuada en los Gobiernos de Ricardo Martinelli y el de Juan Carlos Varela, que le queda menos de un año, hay hijos y demás familiares que son mencionados como ‘involucrados', y no les enseñan esos valores éticos universales a sus progenitores.

El gobierno de turno está consciente de que toda la atención del pueblo panameño está enfocada en la participación de Panamá en la CM de Fútbol, que está por iniciar su etapa de 1/8 de Finales, y muchos aún coreando el primer gol de Panamá en CM de Fútbol por Felipe Baloy, y la posibilidad de derrotar a Túnez en su último desafío, publicaron en la Gaceta Oficial Digital, N°28555-B, del martes 26 de junio de 2018, la Resolución N°003-2018-C-N, de martes 10 de abril de 2018, por el cual el Consejo de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación del Instituto Panameño de Deportes), aprueba el Reglamento del Proceso Electoral Deportivo 2018-2022, de las federaciones, asociaciones deportivas nacionales y sus afiliadas reconocidas por el Instituto Panameño de Deportes'. En este espacio reafirmo lo que he dicho del Consejo Directivo de Pandeportes, que es un simple ‘Tigre de Papel'.

Un Padrón Electoral es un proceso de meses, para que el artículo 3º de esta Resolución diga. ‘Podrán participar en el Proceso Electoral Deportivo las Federaciones, Asociaciones y Organizaciones Deportivas nacionales y sus afiliadas que cuentan con Personería Jurídica otorgada por Pandeportes y reconocidas mediante resoluciones expedidas por Pandeportes, siempre y cuando haya renovado sus Juntas Directivas para el periodo electoral 2014-2018, y cuentan con la Resolución debidamente expedida por Pandeportes'. Vengo señalando y lo reafirmo una vez más, que Pandeportes no se hizo ningún trabajo de revisión para legitimar esta publicación. Hermes que es el experto en la materia, no laboró en la verificación de si existen o no las ligas, clubes, etc., que han venido creando para tener derecho a voto. El martes 19 de junio, publiqué los nombres de los Directores Provinciales, todos nombrados en la administración del Presidente ‘JCV', para cuidas sus ‘portaviandas, podrían prestarse para avalar esto.

En Panamá Oeste, Fernando Bolívar. Herrera, Juan Bautista Vega. Los Santos, Ricardo Rodríguez. Colón, Alex Zapata. Chiriquí, Carlos Marquínez. Darién, Oscar De León. Veraguas, Juan Guevara. Región de Chepo, Julio Murillo. Vean el Artículo 37 y su descaro que favorece a Madurito Amado y su Letrada Damaris (USD$) Young. Dice: ‘Pandeportes otorgará reconocimiento PROVISIONALa los Clubes y Ligas, únicamente para fines eleccionarias'. En el Artículo 32, lo que se debía hacer antes, quedó para después del proceso No incluyó los Artículos 14 y 15 del DE 599 que hablan de la JD de las Fed. y Asociaciones serán elegidas por 1 periodo de 4 años, y el de presidente será reelegible por 1 periodo. Los pres. de las ‘JD', de las Fed. etc., electas en el periodo 2006-2010. Si habló del Art. 32 que las Asociaciones Dep. tendrán las mismas atribuciones de las Federaciones que se forman por lo menos con cinco (5) Ligas Provinciales.

Todo este mamotreto fue firmado el 10 de abril, por Carlos Staff, que además de haber sido un fracaso como VM' del Meduca, y Presidente del Consejo Directivo de Pandeportes, que como ‘Poncio Pilatos' ya renunció, y desde luego, por ‘El Cacique' Mario Augusto Pérez como ‘SG', lo peor que ha transitado por la DG de Pandeportes, comparado solo con Publio Toala. Como no leen y copian todo, el Artículo 39, señores del Consejo Consultivo, el Punto 11 del Artículo 12 de la Ley 50, (Funciones del DG), dice: ‘Actuar como 1ª instancia de las controversias deportivas'. Cardoze, eliminó de la Ley 50, el Art. 12 (La JD), ‘Conocer de las apelaciones que se presenten contra las Resoluciones dictadas en primera instancia por el Director General'. Tomen nota de esto. Así es.

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