Auditoría fiscal a las empresas con sede multinacional en Panamá

Actualizado
  • 04/09/2017 02:00
Creado
  • 04/09/2017 02:00
La DGI ha mantenido un plan de auditoría fiscal a las compañías registradas bajo el régimen de SEM desde el año pasado

Desde el año pasado y continuando en el presente período fiscal 2017, la DGI se ha mantenido implementando un plan de auditorías fiscales a las compañías registradas bajo el régimen de Sede de Empresas Multinacionales (SEM), la cual brinda particularmente amplios beneficios, tanto a la entidad como a los empleados que se encuentren cubiertos por este régimen especial en Panamá.

Se entiende que estas actuaciones por parte del ente regulador buscan la validación del cumplimiento de los distintos requisitos y obligaciones a las que están sometidas, los cuales se contemplan a través de la Ley 41 de 24 de agosto de 2007 y bajo el Decreto Ejecutivo N°28 de 27 de marzo de 2009, donde se reglamenta la Ley 41.

Se conoce que la información que está siendo requerida por parte de la DGI y que debe ser presentada por las empresas SEM son de carácter tributario y formal. Haciendo un resumen de los principales requisitos, se observan los siguientes:

Requisitos corporativos

1. Detalle de las entidades a las que la SEM presta servicios, ubicadas en el exterior y Panamá; declaraciones de impuesto sobre la renta y formularios de remesas al exterior.

Las empresas SEM deberán preparar una declaración jurada de rentas anual a efectos informativos. En este documento se deberán detallar todos los pagos realizados a terceros, sean personas naturales o jurídicas, gastos de fuente extranjera. En el caso de haber prestado servicios a afiliadas locales que generen renta gravable, deberá ser sometida a retención en concepto de impuesto sobre la renta aplicada por la entidad relacionada a quien se le realizó el servicio.

1. Formularios de ITBMS. La empresa SEM deberá presentar el formulario de ITBMS en forma ocasional, cuando haya percibido servicios de proveedores no residentes en Panamá, y el servicio se preste en territorio panameño. El formulario será presentado a efectos de declarar la retención de ITBMS realizada.

Requisitos al empleado:

1. Detalle del régimen migratorio de los empleados extranjeros que laboran para la SEM (copia de pasaportes, visas, permisos, entre otros), a fin de validar si los empleados cuentan con la Visa SEM aprobada a la fecha de su ingreso en la entidad SEM.

2. Listado de las responsabilidades que ejecuta el empleado dentro de la entidad SEM y validación de la forma de pago de su salario regular y salario en especie. La exención del impuesto sobre la renta que aplica a los titulares de esta visa se da bajo el supuesto que desde Panamá dirigen transacciones que surten sus efectos en el exterior, y sus salarios deberán ser pagados directamente desde sus casas matrices o vinculadas ubicadas en el extranjero.

Es importante que las entidades SEM estén en conocimiento de esta ola de fiscalizaciones, a fin de que sustenten todas sus operaciones dentro del marco legal, dado que cualquier incumplimiento de los requisitos pudiera provocar para la compañía y para el empleado la pérdida total de los beneficios fiscales.

GERENTE DE IMPUESTOS DE DELOITTE

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