Proyecto de ley le quita potestad a los bomberos

Actualizado
  • 31/10/2011 01:00
Creado
  • 31/10/2011 01:00
PANAMÁ. En medio de denuncias de irregularidades por la compra de camiones para bomberos y de un déficit financiero del Cuerpo de Bomber...

PANAMÁ. En medio de denuncias de irregularidades por la compra de camiones para bomberos y de un déficit financiero del Cuerpo de Bomberos de Panamá sale a relucir unas reformas a la Ley 10 de marzo de 2010, que reestructuró la entidad.

Las reformas podría dejar a la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos sin la potestad de autorizar los permisos de instalaciones eléctricas de construcción y de ocupación.

El artículo 77 de la Ley 10 establece que las autoridades civiles, municipales y de policía no podrán otorgar permisos de instalaciones eléctricas sin la autorización de los bomberos. Sin embargo, en las reformas contemplada en el proyecto de ley 108 cambia en su totalidad el contenido del artículo 77 para crear direcciones dentro del Cuerpo de Bomberos.

De esta manera, la potestad de los bomberos de autorizar los permisos de instalaciones eléctricas desaparece de la normativa legal. Ver gráfica.

La Asociación de Bomberos del Cuerpo de Bomberos de Panamá tiene las alarmas encendidas por estas reformas que presentó el diputado presidente de la Asamblea Nacional, Héctor Aparicio, el pasado 24 de octubre.

Gabriel Gómez, vice presidente de la Asociación, se manifestó sorprendido de las reformas. La institución tiene un poco más de un año de haberse reestructurado y ya se plantea cambios a la norma, recalcó.

Son diversos puntos de la propuesta que le preocupa a Gómez, pero fundamentalmente lo relacionado con la potestad de la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos y que se pretende derogar la personaría jurídica de la Asociación.

En la Ley 10 de marzo de 2011 se respeta la personería jurídica de la Asociación. En el proyecto de ley establece que ‘las personerías jurídicas obtenidas por las secciones, brigadas, compañías, cuerpos o cualquiera otra institución de bomberos quedarán revocadas al entrar en vigencia la presente Ley.

La propuesta exceptúa de la norma a las asociaciones reconocidas, cuyo objetivos solo sea para fines sociales y benéficos de sus agremiados.

La intención es hacer desparecer la Asociación que es una voz crítica a lo interno de la institución y crear gremios que solo realicen ‘trabajos sociales’, se queja Gómez.

SIN NORMA PARA AUTORIZAR

La eliminación de la potestad de la Oficina de Seguridad de Bomberos en autorizar los permisos de instalaciones eléctricas es analizada por Gómez desde dos aspectos.

La Oficina de Seguridad se quedará sin una norma que regule las autorizaciones para los permisos de instalaciones eléctricas. El otro aspecto es que las reformas contempla cambios en los integrantes del Patronato.

La Ley 10 establece que uno de los integrantes del Patronato es el representante de la Asociación de Ejecutivos de Empresas. En las reformas se elimina al representante de este gremio y se incluye a la Cámara Panameña de la Construcción (CAPAC).

Aunado a que le quita la potestad a la Oficina de Seguridad, se incluye otro representante del sector de la construcción en el Patronato, en vista de que en la Ley 10 está incluido la Sociedad de Ingenieros y Arquitectos de Panamá.

Una realidad, a juicio de Gómez, que convierte al sector de la construcción en juez y parte porque el Patronato supervisa al Cuerpo de Bomberos.

‘Vamos a convocar una asamblea general para analizar las posibles acciones que asumiremos por esta propuesta’, dijo Gómez.

En la exposición de motivo del proyecto de ley, el diputado Aparicio señala que la propuesta es porque el Cuerpo de Bomberos nació con limitaciones presupuestarias, de funcionamiento y operación que dificultan el desarrollo de sus objetivos en materia de seguridad ciudadana por lo que se hacen necesarias algunas modificaciones y adecuaciones impostergab1es.

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