Padres sustitutos tienen hasta el 30 de junio para solicitar adopción

Actualizado
  • 18/05/2016 15:01
Creado
  • 18/05/2016 15:01
La decisión del Senniaf se dio, tras el caso de la menor que fue separada de sus padres sustitutos y estos reclamaban su adopción

La directora de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), Idalia Martínez reiteró este miércoles que aquellos padres sustitutos que quieran adoptar aquellos menores que se encuentran a su cuidado tendrán hasta el 30 de junio para realizar las solicitudes.

“Hasta el 30 de junio estamos recibiendo las solicitudes de adopción de menores”, indicó Martínez.

Las declaraciones de la directora del Senniaf se dieron tras el escándalo de adopción de una menor de cuatro años de edad que fue devuelta hoy a sus padres sustitutos y será adoptada  por sus cuidadores.

La decisión se dio luego que el Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Tercer Circuito Judicial de La Chorrera diera la orden a través de la nota Auto N° 332-2016, fechada el 13 de mayo del 2016, para que se reintegre a la menor al hogar sustituto de Ariadna Carrera de Sánchez, quien es responsable de la niña desde hace cuatro años.

La adopción podrá ser constituida de manera conjunta o individual. Será constituida en forma conjunta cuando las personas solicitantes sean cónyuges o convivientes en unión de hecho y de distinto sexo. Podrán adoptar las personas solteras si es en el interés superior del niño, niña o adolescente como lo define la presente Ley, en cuyo caso la adopción será constituida en forma individual.

Requisitos de adopción nacional

Las personas interesadas en adoptar deberán aportar las siguiente documentación:

1. Certificado de nacimiento de la persona o personas interesadas en adoptar.

2. Certificado de matrimonio o prueba de la unión de hecho. si fuera el caso.

3. Certificación de trabajo u otro documento que permita establecer la capacidad de satisfacer las necesidades materiales del niño, niña o adolescente.

4. Certificados médicos de buena salud física y mental, expedidos por una institución del Estado.

5. Dos fotografías recientes tamaño carnet a colores.

6. Fotografías a colores, tamaño postal de la fachada, del interior, y de la parte posterior de la residencia de la persona o personas solicitantes.

7. Las demás establecidas por la ley o el reglamento.

Requisitos de adopción internacional

1. Estudio sicológico de las personas solicitantes que incluya entrevistas clínicas y pruebas sicológicas realizadas a avalados por la Autoridad Central del país de recepción.

2. Evaluación social de las personas solicitantes, realizada por la Autoridad Central del País de recepción.

3. Historial policivo expedido por la autoridad correspondiente.

4. Copia autenticada del pasaporte, debidamente apostilada o autenticada por el Cónsul de Panamá en dicho país.

5. Copia autenticadade la autorización para ingresar al adoptado al país de recepción.

6. Autorización para adoptar expedida por la Autoridad Central competente en materia de adopciones en el país de recepción.

7. Compromiso de seguimiento de la adopción, por parte de la Autoridad Central del país de recepción, por un término de tres años.

8. Informe de entrevista a los hijos e hijas mayores de siete años de las personas adoptantes, en caso de que existan, que refleje la opinión del niño, niña o adolescente respecto a la adopción, realizada por la Atoridad Central del país de recepción.

9. Certificado de participación en la escuela para padres y madres adoptivos, expedido por las autoridades centrales en materia de adopción de otras naciones reconocidas por la República de Panamá.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus