Escogerán contralor fuera de tiempo

Actualizado
  • 24/10/2014 02:00
Creado
  • 24/10/2014 02:00
Antinori alega que el artículo 2 de la Constitución Política es clara

En los últimos días se ha discutido mucho sobre si es Constitucional o no que se escoja al nuevo contralor General de la República en el periodo se sesiones extraordinarias.

En opinión de algunos expertos, se incurriría en una ilegalidad, puesto que el Ejecutivo tendría que convocar a este periodo, lo que denotaría una injerencia inmediata, de su parte, en el tema de la elección del contralor, que constitucionalmente le compete al Órgano Legislativo.

El abogado constitucionalista Ítalo Antinori, en un análisis sobre el tema, precisó que definir al contralor en sesiones extraordinarias no va en contra de la Constitución, tal como lo establece el artículo 183 de la Carta Magna en su numeral 4, dado que el presidente de la República ejercería una facultad constitucional, para la que está facultado.

Antinori alega que el artículo 2 de la Constitución Política es clara. Dispone que los órganos del Estado funcionan en armónica colaboración.

Esta convocatoria sería una muestra de esa colaboración, opinó el constitucionalista.

A su juicio, no se constituiría de ninguna manera en una intromisión del Ejecutivo en las funciones del Órgano Legislativo.

De esta manera, el presidente de la República puede adoptar las medidas necesarias para facilitar dichas reuniones extraordinarias y así la Asamblea cumpla con su deber constitucional de elegir al contralor.

En estos momentos, se está en el proceso de determinar cuándo se elegirá al contralor.

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