CSJ rechaza habeas corpus presentado por abogado de Martinelli

Actualizado
  • 22/03/2016 21:18
Creado
  • 22/03/2016 21:18
El recurso presentado por el abogado del expresidente Martinelli buscaba evitar su detención, al declararla ilegal

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró no viable la acción de habeas corpus presentada por el abogado Carlos Carrillo, a favor del diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y expresidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli para evitar las órdenes de detención provisional giradas por el magistrado de Garantías Jerónimo Mejía, en el caso conocido como “pinchazos telefónicos”.

La decisión tuvo como ponente al magistrado Abel Augusto Zamorano y se tomó en reunión de pleno extraordinario que inició a las 10:00 a.m. de hoy y concluyó a las 5:00 p.m. con el aval de los magistrados Oydén Ortega, Ángela Russo de Cedeño, Secundino Mendieta, Cecilio Cedalise, Hernán De León y Wilfredo Sáenz.

Por su parte, el magistrado Luis Ramón Fábrega se abstuvo de votar por haber presidido la audiencia celebrada el pasado 21 de diciembre de 2015. El magistrado Luis Mario Carrasco no pudo participar del pleno por presidir la audiencia por envenenamiento con dietilenglicol.

El abogado Carlos Carrillo destaca en su demanda que el día 21 de diciembre de 2015 el pleno de la CSJ realizó acto de audiencia oral para resolver la petición de autorización de detención provisional de su representado (Ricardo Martinelli), por haber sido declarado reo rebelde por el magistrado de Garantías Jerónimo Mejía, y que en virtud de la orden emitida por el pleno, el magistrado Mejía procedió a girar los oficios a diversos estamentos de seguridad, mediante los cuales pedía la detención provisional de su cliente, sin una adecuada motivación.

El Órgano Judicial informó que la orden de detención provisional no fue un resultado automático de la declaratoria de rebeldía, sino por el contrario, una decisión bien ponderada por el pleno de la CSJ, en aras de no poner en peligro los fines del procesos penal, y obtener la comparecencia del señor diputado, y así garantizar el respeto a todos sus derechos y el correcto desarrollo del proceso penal, que inicia para darle curso a lo planteado en una acusación por parte del Fiscal de la causa.

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