• 08/06/2009 02:00

Las leyes ‘blandas’ ante la muerte civil de los viejos

El gobierno de doña Cristina Fernández de Kirchner acaba de convocar en Buenos Aires, 21 y 22 de mayo pasados, la II Reunión de Seguimie...

El gobierno de doña Cristina Fernández de Kirchner acaba de convocar en Buenos Aires, 21 y 22 de mayo pasados, la II Reunión de Seguimiento de la Declaración de Brasilia adoptada por los gobiernos de la región para evaluar las estrategias y acciones llevadas a cabo en seguimiento al Plan de Acción Mundial sobre el envejecimiento de la población. Específicamente se concentró la reunión en torno a los artículos 25 y 26 de dicha Declaración política. Groso modo se trata de designar un o una Relator (a) especial para impulsar una Convención de protección de derechos de los adultos mayores.

El gobierno de don Martín Torrijos no estimó necesario enviar ningún representante a la reunión previa, llevada a cabo en Río de Janeiro en septiembre pasado ni a Buenos Aires, esta vez. Es más, decidió integrar la Dirección Nacional de Programas del Adulto Mayor en el Mides dentro de un paraguas que cubre una gama amplia de otras cuestiones relacionadas con el tema. Nuevamente y, para variar, se confunde groseramente el sentido que tienen instituciones y programas (comprometidos a nivel internacional) con la fragilidad o incompetencia de las personas al frente de dichos programas. Y.. ¡pasemos!

El propio canciller Jorge Taiana, anfitrión de la reunión abrió la amplia gama de cuestiones que fueron tratadas: principios y contenidos de una posible Convención, temas prioritarios, mecanismos de seguimiento, etc.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y su centro de demografía, CELADE, apoyaron ampliamente con los documentos de base, aparte los especialistas de derechos humanos, tanto a nivel de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), como a nivel de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Fondo de Población de Naciones Unidas.

Se vio claramente que de apoyarse en la sola demografía (serán tantos mayores de 60 en el año X) o en la vía puramente jurídica, sencillamente no estaremos aportando ningún argumento novedoso que justifique avanzar hacia una Convención Internacional sobre el tema. Hay que buscar evidencias, recabar más información sobre el tema.

Los hechos demuestran en forma abrumadora que aún cuando se otorguen pensiones no contributivas o aguinalditos a los mayores de 70 no pensionados, la realidad muestra la muerte civil de esta inmensa masa de viejos, porque no tienen los medios de seguir siendo competitivos en un mundo globalizado y de libre mercados.

Es no a seguir trabajando más allá de la edad estatutaria de la jubilación, no al acceso al crédito y me cansé.. de los no.. Se intentaría tejer la Convención, vía el derecho blando ( soft law ) y talvez en una primera fase, hacer de ella un instrumentito más del sistema Interamericano, “para ganar tiempo”.

Personalmente estoy en desacuerdo con tal enfoque por considerarlo desvirtuar lo acordado en Brasilia y no creo que sea tácticamente favorable nombrar un Relator (a) especial previo al consenso que debe lograrse en lo tocante a las cuestiones de fondo que plantea esta Convención, que no son sólo de derecho y jurisprudencia.

Hay en la vejez y el envejecimiento cuestiones éticas que la sola regla jurídica está lejos de poder enfocar, a través de una “protección” mal entendida y pésimamente aplicada.

*Secretariado Red Continental Personas Mayores América Latina y el Caribe.cedilia@pa.inter.net

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