• 21/01/2010 01:00

¿Cómo mejoramos la Carrera Judicial?

Soy de la opinión que la Carrera Judicial, al igual que el resto de las carreras públicas, busca regular científicamente la forma de log...

Soy de la opinión que la Carrera Judicial, al igual que el resto de las carreras públicas, busca regular científicamente la forma de lograr que en la administración de justicia, ingresen y se mantengan las personas más aptas y honestas.

Entendiendo que ésta es la finalidad de la Carrera Judicial, y conociendo a profundidad la realidad que vive el Órgano Judicial, considero que los problemas centrales que padece la administración de justicia panameña, y que debemos reformar, son los siguientes:

1. Debemos mejorar los procedimientos de ingreso y ascenso en el Órgano Judicial.

Con tristeza debo admitir que el sistema de Carrera imperante, ha provocado una persecución febril de títulos académicos, con el objeto de alcanzar “ altos puntajes ” en los concursos para vacantes en el Órgano Judicial, sin que, en muchos casos, los certificados académicos obtenidos sean el reflejo de los conocimientos que el aspirante dice poseer.

Por tal razón, manteniendo las convocatorias a concursos internos y mixtos, sin límites de categorías o niveles, el sistema debe propender a colocar en una balanza, todos los aspectos que se requieren para captar al “ mejor talento ” como lo son: conocimientos —tanto teóricos como prácticos—, experiencia, pruebas psicológicas, de ortografía y redacción, entre otras; y una vez superadas todas estas evaluaciones, la autoridad nominadora, posterior a la entrevista de los mejores aspirantes, pueda decidir quién es el más apto para el cargo.

2. Establecer fórmulas para evaluar el desempeño del funcionario del Órgano Judicial.

El actual sistema de Carrera Judicial contempla la realización de evaluaciones de desempeño periódicas. Sin embargo, hasta donde tengo conocimiento, nunca pudo concretarse institucionalmente la materialización de las evaluaciones de desempeño, lo cual impide conocer la eficacia y eficiencia del funcionariado de la institución.

Convencido de la certeza de la máxima que reza: “ lo que no se mide, no mejora ”, considero que la implementación de evaluaciones de desempeño habituales, es el elemento determinante del éxito del sistema de Carrera, porque es la única manera de reconocer y distinguir a los buenos funcionarios, del servidor mediocre o deficiente.

3. Adoptar un listado único de faltas y establecer un solo procedimiento para su juzgamiento.

Actualmente, existen dos tipos de procedimientos contra los funcionarios del Órgano Judicial, con tramitación y sanciones disímiles: los procesos por faltas disciplinarias, contenidos en los artículos 286 y siguientes del Código Judicial, y los procesos por faltas a la ética, contemplados en el artículo 447 y siguientes del mismo cuerpo legal.

La existencia de dos procedimientos para juzgar faltas, que en algunos casos son muy similares, genera confusión y violenta la garantía del debido proceso. Esta preocupación ha quedado planteada en los tribunales, puesto que, en algunas ocasiones, se iniciaron procesos contra funcionarios, por supuestamente infringir prohibiciones disciplinarias, y, sin embargo, terminaron siendo sancionados por haber cometido faltas a la ética. La razón es muy sencilla: en los procesos por faltas a la ética se puede destituir al funcionario investigado, mientras que en los procesos disciplinarios no. Por eso, estoy a favor de establecer un único listado de faltas y un solo procedimiento disciplinario, que incluyese las faltas a la ética.

El otro aspecto que produce inconvenientes y disconformidades en este punto, es la demora en resolverse las causas disciplinarias o por faltas a la ética de los servidores del Órgano Judicial. Soy del criterio que el problema de la mora, tanto en estas causas como en las demás que se llevan a los tribunales de justicia, se soluciona con la implementación de evaluaciones de desempeño periódicas, debido a que con su establecimiento, el superior jerárquico, que es y debe ser la persona encargada de juzgar estas causas, tendrá la obligación de establecer fórmulas organizativas para dar la respuesta que de él se requiere; de lo contrario, sufrir las consecuencias de su omisión.

4. Consignar en forma expresa y explícita, los derechos que tienen los funcionarios del Órgano Judicial.

En un artículo de opinión anterior comentaba que, lamentablemente, los funcionarios del Órgano Judicial no tienen derecho a otros beneficios que sí les asisten a los funcionarios de los Órganos Ejecutivo y Legislativo, como lo son, por ejemplo, el derecho a un seguro colectivo, a la indemnización por antigüedad o por fallecimiento, o a un porcentaje de las multas que cobra la institución a favor del Tesoro Nacional.

De hecho, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ha manifestado clara y expresamente, que si una ley de carrera pública especial no contempla estos u otros derechos para los funcionarios, no pueden aplicarse supletoriamente los beneficios que le brinda la Ley de Carrera Administrativa a los servidores públicos del Gobierno Central. Por ello, abogo por la inclusión expresa de los derechos que deben asistirle a los servidores del Órgano Judicial.

Recordemos que el buen recurso humano cuesta, y el Estado, en este caso por conducto del Órgano Judicial, debe invertir para captar y mantener el talento que existe en nuestra sociedad, si desea que en esta institución estén los mejores funcionarios.

A mi juicio, estos son los problemas centrales del sistema judicial panameño, razón por la cual sostengo, que ésta debe ser la base que inicie la discusión sobre la reforma integral a la institución encargada de administrar justicia, puesto que la solución no está en ubicar “ en la interinidad ” a todos o a determinados funcionarios de este Órgano del Estado.

Concluyo por recordar que las bases de la democracia y el éxito de un país se miden en función de la solidez de todo su sistema judicial; he ahí la importancia de analizar a profundidad, con objetividad e inteligencia nuestro sistema de Carrera Judicial.

El Órgano Judicial, sus servidores y el país lo necesitan.

*Funcionario del Órgano Judicial y presidente de la Asociación de Servidores del Órgano Judicial de Panamá (ASOJUP).ricardofullery@hotmail.com

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