• 28/03/2014 01:00

Uso de conceptos para negar derechos

En fechas recientes algunas instituciones gubernamentales han hecho uso de varios términos para ocultar no buenas intenciones al n...

En fechas recientes algunas instituciones gubernamentales han hecho uso de varios términos para ocultar no buenas intenciones al negar derechos reconocidos nacional e internacionalmente a sus empleados que han despedido o ‘incentivado’ para disminuir planilla gubernamental. Se han mezclado conceptos de incentivos, indemnizaciones y bonificaciones, como si los mismos fueran similares en sus alcances y su espíritu.

La indemnización en términos generales trata de resarcir un daño o perjuicio ocasionado por una persona, institución, etc., a otra. En la mayor parte de los casos el afectado en alguna forma es perjudicado en su patrimonio. Hay un reconocimiento tácito a un daño. Nuestro Código de Trabajo establece muy claramente dicha figura.

Los incentivos obedecen a una política de motivación al empleado. Los hay de diferentes tipos y con variados objetivos. Enriquecimiento del puesto, méritos, gratificaciones, etc., pueden ser la razón al otorgarlos. No se puede llamar incentivo a una acción que solicita la renuncia del cargo, a través de un finiquito vulnerando derechos humanos elementales protegidos por convenios y el derecho internacional.

Finiquito, es el término que se utiliza cuando el empleado pide su renuncia ‘voluntaria’. Y este finiquito, es una compensación económica que recibe el trabajador al finalizar la relación laboral entre el trabajador y la empresa.

En nuestra legislación existe también la prima de antigüedad, aplicada a empleados de la empresa privada. La prima de antigüedad es una recompensa que se otorga a los trabajadores al finalizar su relación laboral y consiste en la entrega de un pago único, que se calcula en función de los años de servicio. Es un reconocimiento a la permanencia en el servicio. La bonificación está definida en relación al empleado público, si nuestra memoria no nos falla en la Ley de Carrera administrativa. Concepto: Dinero que se añade al sueldo.

Todas estas figuras son un reconocimiento a su competencia, lealtad y moralidad en su cargo, como queda claro en el artículo 300 de nuestra Carta Magna. La vejez no es considerada causal de despido, como se quiso sustentar por algunos voceros gubernamentales. Hay una norma vigente aprobada hace años en la Junta Directiva, propuesta por la AMOACSS, que alcanzados los 65 años, el Seguro Social le reconoce al profesional un rol docente y se le disminuye la carga laboral.

En algunas instituciones gubernamentales se ha cometido una serie de injusticias contra sus empleados y los han llevado a maquilladas destituciones o renuncias con reconocimientos económicos mínimos, por no decir miserables.

La Ley 127 del 31 de diciembre, que establece un régimen de estabilidad laboral, aprobada previo al año nuevo, en su artículo 2, violenta derechos constitucionales del empleado público en su calidad de jubilado o pensionado y que aún la Ley permite laborar.

Ha sido esta norma demandada por inconstitucional. Su defectuosa aplicación en fechas recientes obligó a una institución a renovar la estrategia de lo que fue llamado en el pasado incentivo laboral, que en su primera aplicación estuvo llena de un oscurantismo y falta de información sustantiva que hacía difícil la toma de decisiones. Algo de perversidad.

Política de recursos humanos troglodita y ejercida con soberbia.

Desde hace años, 2005, se han ido elaborando leyes para que la fuerza de trabajo del sector gubernamental se reduzca. Lo más lamentable es que se ha hecho violentando artículos constitucionales, leyes y convenios internacionales.

En el área de la salud es una gran paradoja que, existiendo una oferta limitada de especialistas y subespecialistas en el país, además de otras profesiones útiles, se haya iniciado, hace dos o tres años, una política de recursos humanos equivocada.

Las citas médicas seguirán siendo una calamidad, las cirugías y tratamientos postergados terminarán con la muerte prematura de los pacientes y se harán más agudos. Las solas herramientas de informáticas y los maquillajes de la publicidad jamás podrán ocultar la terrible situación de la salud y enfermedad de este pueblo.

Quienes en alguna forma nos sentimos afectados por esa conducta de los que hoy ejercen cargos de jerarquía en diferentes instituciones del gobierno, nos preparamos para una lucha dentro del contexto de la Ley nacional e internacional, a fin de recuperar nuestros espacios en instituciones estatales y reclamar mejores sumas en conceptos de indemnización, bien establecidas en algunas legislaciones y con antecedentes en su aplicación.

MÉDICO

Lo Nuevo
comments powered by Disqus