• 03/10/2014 02:00

El control de precios funciona

En casi todas las cadenas de supermercados, se pueden encontrar los 22 productos

Aunque, en un principio, se cuestionaba de la efectividad del control de precios de emergencia como medio para bajar el costo de la canasta básica de alimentos, paulatinamente se observa que está dando los resultados esperados en beneficio de los consumidores.

Incluso, en casi todas las cadenas de supermercados, se pueden encontrar los 22 productos, cuyos precios máximos de venta al por menor fueron establecidos temporalmente por el Decreto Ejecutivo N° 165 del 1 de julio de 2014.

Hace unos días, escuchamos algunos comentarios positivos de un comprador dentro de un supermercado, donde se refería a que hace meses atrás no podía darse el lujo de comprar el corte de res babilla, pero ahora todas las semanas puede adquirirlo a menos de tres dólares. Una ama de casa comentaba que ‘nunca me imaginé que podía comprar la libra de pollo entero a B/.1.18 en este súper, pues siempre estaba arriba de B/.1.30’. Otro consumidor, que escogía una docena de huevos, mostraba su complacencia por el precio establecido, pues cada quincena estaba acostumbrado a ver precios arriba de los B/.1.87 (precio máximo).

Esto son algunos ejemplos de lo que está ocurriendo, aunque hay también quienes critican la medida. Sin embargo, ahora, en la lista de compras, los compradores pueden colocar las cantidades de estos productos bajo control y conocer sus precios.

También es importante destacar la constante vigilancia que desarrolla la Acodeco, la cual es la encargada de ejecutar y velar por el fiel cumplimiento de estas disposiciones, así como también sancionar a los agentes económicos infractores, según los montos establecidos en la Ley 45 del 2007.

Es de esperar que, de alguna manera, el control de precios de emergencia contribuya durante este período a estabilizar los precios y los mismos puedan volver bajo la libre oferta y demanda.

Incluso en el mencionado decreto ejecutivo se establece en el artículo 10 que ‘esta medida quedará eliminada cuando hubieran desaparecido las causas que motivaron sus adopción, según se determine oportunamente mediante resolución ejecutiva debidamente fundamentada’.

*COMUNICADOR SOCIAL.

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