• 27/11/2014 01:00

Auditores internos en empresas estatales

Los trabajos que lleva a cabo la auditoría interna son realizados en ambientes legales, y operativos diversos

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, sancionó la Ley 24 de 28 de octubre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial No. 27 653, que regula el periodo para el cual son nombrados los jefes, directores, gerentes y administradores de las entidades públicas autónomas, semiautónomas y de las empresas estatales, en desarrollo del numeral 11 del artículo 84 de la Constitución Política de la República, que será de cinco años, concurrente con el periodo presidencial.

Esta Ley, además de regular el periodo para el cual son nombrados los funcionario arriba mencionados, hace algunos ajustes; tanto a la Ley 23 de 29 de enero de 2003, que dicta el marca regulatorio para la administración de los aeropuertos y aeródromos de Panamá, y a la Ley 76 de 15 de noviembre de 2010 que autoriza la creación de la Empresa Nacional de Autopistas, S.A. y establece su marco regulatorio, en cuanto a los auditores internos tanto de TOCUMEN, S.A. como de ENA (Empresa Nacional de Autopistas, S.A.).

En cuanto a TOCUMEN, S.A. el Artículo 7 de la Ley 24 de 2014, modifica el artículo 7 de la Ley 23 de 2003, y para los efectos entre otras disposiciones dice que: Las empresa administradoras de aeropuertos tendrán... Además, contarán con un auditor interno, nombrado por el presidente de la República por recomendación de la Junta Directiva, conforme a las políticas de personal de la respectiva sociedad anónima. Más adelante dispone la Ley que para ser auditor interno, se requiere cumplir con los requisitos para ser director, además de poseer título universitario en Contabilidad y un mínimo de cinco años de experiencia en su rama.

El gerente general, el subgerente general y el auditor interno deberán presentar una declaración jurada patrimonial ante notario público, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la toma de posesión del cargo, y de diez días hábiles posteriores a su dimisión o remoción, cuya copia será remitida a la Contraloría General de la República. La inobservancia de esta norma al inicio de su gestión será sancionada con la destitución del cargo, importante elemento agregado representa la exigencia de la declaración patrimonial para el auditor interno.

En lo que compete a ENA, la Ley 24 de 2014, vuelve a valorar en su justa dimensión la importancia del auditor interno de la empresa y pone directamente en mano del presidente de la República su designación y remoción. La importancia que está dando el Ejecutivo a la función de auditoría interna es cónsona con el perfil gerencial que transmite el presidente Varela, y esta estrategia hay que valorarla como positiva en su aplicación en la Administración Pública.

El Instituto de Auditores Internos define la Auditoría Interna como una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización y que además, ayuda a la organización a cumplir sus objetivos, aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.

Los trabajos que lleva a cabo la auditoría interna son realizados en ambientes legales, y operativos diversos, dentro de organizaciones que varían según sus propósitos, tamaño y estructura como sería el caso del Aeropuerto Internacional de Tocumen, y la Empresa Nacional de Autopistas, entre otras. Si bien estas diferencias pueden afectar la práctica de la auditoría interna en cada ambiente, el cumplimiento de las Normas Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna es esencial para el ejercicio de las responsabilidades de los auditores internos, eso es un elemento de ganancia en el manejo transparente de la organización, ya sea privada o pública, como es el caso que nos interesa.

En estos tiempos modernos, el auditor interno es la mano derecha del gerente general, los ojos del Comité de Auditoría, o accionistas de una empresa (léase contribuyentes), es responsable asegurar a la administración que el Control Interno está trabajando efectiva y adecuadamente, pero, sobre todo, que dé recomendaciones de valor agregado, como lo indica la definición de auditoría interna.

La decisión del nombramiento de los auditores internos por la máxima autoridad del Gobierno nacional refleja la prioridad en el manejo de los bienes públicos con transparencia, y sin búsqueda de excusas administrativas o inocentes para no hacer las cosas como la sociedad demanda a nuestros gobernantes. ‘El que nombra y bota, manda’, dice el refrán. Auditores Internos: a reportar directamente a quien nombra y bota cualquier hecho que ponga en riesgo el objetivo estratégico de la empresa, allí está el mensaje de los ajustes a la Ley.

*MAGÍSTER EN AUDITORÍA INTERNA Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

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