• 09/06/2016 02:02

¿Se aplican el Derecho y la Justicia en el Caso Waked?

Columna de opinión

No conozco personalmente al Sr. Abdul Waked. No obstante, sí he tenido conocimiento de su trayectoria empresarial desde que inició sus actividades en la Zona Libre de Colón (ZLC), hace casi cuarenta años, en mi calidad de asesor legal durante veinte años (de 1976 a 1996) de una de las más importantes entidades bancarias en ese momento, con sucursal en la ZLC, en la cual, al igual que otros distinguidos empresarios, el señor Waked realizó múltiples transacciones bancarias que demandaban sus actividades comerciales.

Creo no equivocarme al afirmar que el Sr. Abdul Waked, como también en su momento lo habían hecho los hermanos Roberto y Alberto Motta entre otros empresarios —zapadores—, contribuyó decididamente al desarrollo y expansión del emporio comercial de la ZLC, sobre todo en el mercado latinoamericano (Suramérica, Centroamérica y el Caribe).

En los cuarenta años que han transcurrido desde entonces, jamás había escuchado ni tenido conocimiento en nuestro pequeño país, donde todo o casi todo se sabe al instante, que el señor Waked estuviere envuelto en actividades ilícitas o de lavado de dinero.

De allí que, el pasado 5 de mayo, haya quedado petrificado al enterarme de que el Departamento del Tesoro de EE.UU. lo había incluido en la ‘Lista Clinton ', por ‘supuestamente ' haber lavado dinero procedente del narcotráfico y que el Ministerio Público de Panamá, a solicitud del antes mencionado Departamento del Tesoro y a través de la Embajada de EE.UU. en Panamá, ordenase la intervención de todas las empresas del señor Waked, incluidas La Riviera, Félix B. Maduro, La Estrella de Panamá y El Siglo , con la afectación moral, social y económica que ello representa, no solo para el Sr. Waked y su familia, sino también para las miles de familias panameñas que laboran y que han dejado de laborar a causa de ello en sus empresas.

Ha transcurrido más de un mes desde que se tomó la medida y, con suma prudencia, habíamos esperado a que el Gobierno de EE.UU. aportase las pruebas que justificasen tan draconiana orden, tal como lo exigen el Derecho y la Justicia en nuestro país que es libre y soberano, ante la magnitud del daño ocasionado al Sr. Waked y a sus empresas; sin embargo, recientes declaraciones del señor John Feeley, embajador de EE.UU. en Panamá, solo hablan de ‘evidencias ' que tienen y de ‘creencia razonable ', sin que hayan aportado prueba alguna, como lo determina la seguridad jurídica y el Estado de derecho en nuestro país.

Debemos tener presente que para todos los panameños, los conceptos de Soberanía y Jurisdicción, que nos costaron tanta sangre, sudor y lágrimas hasta que recuperamos nuestra dignidad soberana con nuestro Canal, no son meras palabras vacías de contenido, como tampoco lo son los principios procesales de presunción de inocencia, del debido proceso y de la legítima defensa que están siendo masacrados a mansalva en el presente caso; poniendo en estado de indefensión al señor Abdul Waked y a sus empresas.

El ejercicio de la soberanía y de la jurisdicción en nuestro país está restringido únicamente a las autoridades de la República de Panamá, no a las de otros países, por lo que están obligadas a proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales y a los extranjeros que se encuentran en el territorio nacional, conforme a lo normado por el Artículo 17 de nuestra Carta Magna; disposición constitucional que no ha sido atendida para defender, como ha sido y es su obligación, las garantías fundamentales del señor Waked.

Como van los acontecimientos, no me extrañaría ya que, más adelante, el Departamento del Tesoro incluya también en la ‘Lista Clinton ', si así conviene a sus intereses imperiales, a las empresas Motta, al Banco General, al Grupo Rey, a Varela Hermanos... o a otras empresas panameñas y acabe, mediante esta innoble receta y de una vez por todas, con el Centro Financiero y de Servicios de Panamá.

‘¡Popule Panamensi, barbaries delenda est! '. ¡Pueblo panameño, la barbarie debe ser erradicada!

*CATEDRÁTICO TITULAR DE DERECHO ROMANO, FACULTAD DE DERECHO, UP.

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