• 19/02/2018 01:00

El empleo de magistrado y la abogacía

Con el paso del tiempo y la proliferación de universidades privadas, la obtención de un título profesional de abogado ha ido en aumento

El accidentado proceso de ratificación de las magistradas nominadas por el Ejecutivo y rechazadas por la Asamblea Nacional, hace impostergable el debate sobre la necesidad de un verdadero proceso de certificación profesional, como un compromiso frente a la ciudadanía y a los nuevos tiempos. Al respecto surge el requerimiento de actualizar dos controles estatales que han perdido eficacia, se trata de la llamada idoneidad para magistrado , emitida por el Ministerio de Gobierno, y la idoneidad de abogado , emitida por la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Con el paso del tiempo y la proliferación de universidades privadas, la obtención de un título profesional de abogado ha ido en aumento —150 nuevos abogados al mes— y con ello crece la duda sobre si todos los egresados de la universidades adquirimos las competencias, habilidades y destrezas mínimas para el ejercicio profesional. De igual forma se plantea en relación a los puestos y cargos en la administración de justicia, dejando las preguntas ¿si todo abogado puede administrar justicia? o ¿si estos cargos requieren destrezas sujetas a mayores controles?

Aportar documentos y no atravesar ningún método de control sobre el fondo de lo que se debe demostrar es seguir engañándonos y no crear correctivo, es repetir episodios de la historia panameña que encuentra momentos relacionados a la duda sobre la capacidad de jueces y abogados. Como referencia de lo anterior, elijo el siguiente ejemplo. El 5 marzo de 1913, siendo presidente de la República Belisario Porras, removió de su cargo de magistrado de la CSJ a Nicolás Victoria J., por no haber tenido el interés de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por Ley para desempeñar el empleo de magistrado.[i]

Una forma eficiente utilizada en diversas disciplinas, ha sido por medio de los procesos de certificación profesional periódicos, que han permitido garantizar uniformidad en acreditar esas competencias requeridas, los cuales son llevados a cabo mediante controles estatales o exámenes que evalúan y garantizan al ciudadano mínimos de calidad, al menos en lo que a conocimientos se refiere.

En las condiciones actuales del desarrollo de la profesión de abogado, los nuevos egresados igualmente requieren de una forma real para competir en el mercado profesional, la certificación permite cerrar la brecha entre generaciones de abogados, facilitando incluso, tener mayores opciones de contratación ante un potencial cliente, adicionalmente se reducen los riesgos de una guerra de precios como mecanismo de atraer clientes.

El proceso de ratificación, que concluyó con el rechazo de las nominadas, confirma el colapso de un método designación—ratificación que no se adapta a las nuevas exigencias sociales, y refleja un reclamo de la sociedad en ser parte del proceso.

La vocación del administrador de justicia permite, a quienes la cultivan, afianzar una serie de cualidades diferenciadoras en su persona, como, por ejemplo, transmitir serenidad y confianza —en esta se debe entender todo lo relacionado a valores, valentía, ejecutorias, etc.—, en sus decisiones, y en su actuar, expresiones tan anheladas en estos tiempos.

La idoneidad de magistrado emitida por el Ministerio de Gobierno ha caducado, debe transformarse y realmente ser el primer control a conocimientos, capacidades y garante de diferenciar exigencias especiales para el empleo de magistrado. El cual requiere mayores competencias, destrezas y habilidades que aquel que ejerce la profesión de abogado de forma privada en cualquier disciplina.

La batalla política que se vivió con las pasadas designaciones, trae mayor descrédito al Órgano Judicial, producto del falso interés, o momentáneo interés de los políticos de turno, que no han tenido la voluntad de dejar un legado de transformación. Por eso el momento es de poner en práctica las lecciones aprendidas, que se generen cambios y que los mismos no sean cosméticos.

Aprovecho para mencionar que ya reposa en la Asamblea Nacional un Proyecto de Ley (el 249 de septiembre de 2015[ii]) que aborda la necesidad de un examen de conocimientos previo a la emisión de la idoneidad para abogados, que puede ampliarse en lo concerniente a los magistrados y agregar las diversas fórmulas que generen los consensos necesarios, para promover una nueva Ley de la Abogacía acorde a las exigencias sociales.

Lo realmente importante es no dilatar esta discusión y que las propuestas surjan.

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