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Virginia Arango Durlingopinion@laestrella.com.pa
Violencia digital y derechos de la mujer
“Este año, las Naciones Unidas, en el Día Internacional de la Mujer, dedica su atención a la igualdad de género en la innovación y tecnología, [...]”
La voz de la mujer suena en todas las esferas, política, económica y social, y son muchas ideas, valores, costumbres, gestos, actividades que han pasado de moda, que la han transformado, y con ello, principalmente las jóvenes de hoy, han sido beneficiadas, y están más conscientes de sus derechos y los defienden.
Ese logro, no ha sido nada fácil, producto de los movimientos feministas a lo largo de la historia, y se ha fortalecido de la mano de la ONU (1946), que ha promovido y protegido los derechos de la mujer en instrumentos internacionales.
Este año, las Naciones Unidas, en el Día Internacional de la Mujer, dedica su atención a la igualdad de género en la innovación y tecnología, evaluando tanto la importancia de “mejorar el acceso a las herramientas digitales y superar la brecha digital de género, al igual que proteger los derechos de las mujeres y niñas en los espacios digitales y la violencia de género en línea”.
La mujer de hoy, vive sus derechos, en mundos opuestos y desde diversas perspectivas, y las libertades que se valoran en occidente no son idénticas a otras regiones del mundo, a la vez que la desigualdad de género se sigue manifestando, y como ejemplo de ello tenemos las limitaciones en cuanto al acceso, uso y participación en el ecosistema digital que está liderado por hombres a nivel global, brecha digital que se manifiesta en Panamá y que se indica que se está trabajando para disminuirla (Cepal, 2019).
Cuando viajamos por internet o utilizamos las redes sociales estamos expuestos a la violencia digital, especialmente las mujeres y jóvenes, y hablar de esto último se entiende como “un acto de violencia por razón de género contra la mujer, mediante el uso de las Tic, teléfonos móviles, plataformas, internet, correo electrónico u otro medio que la afecta de manera desproporcionada (D. Šimonovic, 2018).
Y así, la violencia “offline” (cara a cara) se ha trasladado a la violencia digital (“online”), y aparece el agresor generalmente del sexo masculino, persona conocida (pareja, expareja, miembro de la familia), o en anonimato que crea un ambiente hostil para la víctima provocándole daños físicos, psicológicos, emocionales, y que incide en todas las esferas de las relaciones de la misma, al ejecutar variados hechos, que por el momento no están castigados en nuestro país.
Así tenemos, entre otros, el “ciberbullying” (hostigamiento para atemorizar, enfadar o humillar a compañeros de clase), “grooming” (acoso sexual a menores de edad por parte de adultos que pretenden ser menor de edad y sus motivos son sexuales, “ciberstalking” (seguimiento e investigación constante de información sobre un individuo), y sextorsión (extorsiona a la víctima amenazándola que va a publicar imágenes de contenido sexual íntimas si no le paga).
Para terminar, la violencia digital en las relaciones de pareja o de noviazgo, tiene síntomas de chantaje, control, de monitoreo, acecho, de saber las contraseñas, o de indicar: ¿Con quién hablas? ¿Qué quería? ¿Dónde estás? ¿Por qué no contestas de manera inmediata cuando te llamo?, violencia invisible, tal vez ante los mitos del amor romántico.
Catedrática de Derecho Penal, UP.
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