• 12/02/2023 00:00

Colón, retenes informales e ilusorios

“[...] no podemos perder de vista que Panamá es un Estado cuyas acciones y procedimientos están regulados y garantizados por la Ley, [...]”

Luego de las constantes quejas e inconformidades de los ciudadanos colonenses, respecto a los retenes que se han vuelto el pan de cada día, nos encontramos en la necesidad de orientar al jefe de la Zona Policial de Colón, quien al momento de justificar su mal trabajo y procedimiento, a través de una entrevista que le cediera a uno de los comunicadores sociales en la ciudad de Colón, aceptó que la ejecución de estos retenes se debe a una cuota de 5 mil verificaciones cada 12 horas.

Lo primero que debemos señalar es que los retenes no son legales, es decir, no hay ley o norma legal que respalde los retenes y mucho menos para completar una cuota de verificación, los retenes se establecen dentro del Manual de Procedimiento Policial, mismo que dice buscar establecer y normar los patrones fundamentales que se requieren al momento de ejercer las labores concernientes al orden público en todo el país, a la luz de orden constitucional vigente.

Ahora bien, entendamos que, de acuerdo al Manual de Procedimiento Policial, el retén policial es un dispositivo de seguridad que se utiliza para el bienestar de todos los sectores y con el fin de neutralizar o minimizar el alto índice delincuencial. Sin embargo, los resultados demuestran que dichos retenes son ineficaces e ilusorios. Pues, cómo se explica que algunos de estos crímenes que se ejecutan en la ciudad de Colón se efectúan a solo pocos metros de un retén policial.

Por otra parte, debemos señalar que el Manual de Procedimiento Policial indica los motivos por los cuales se puede aplicar el retén policial, incluso detalla una serie de instrucciones para la aplicación efectiva del retén, en otras palabras, cumple con una serie de requisitos de forma y fondo que permitan la efectividad para lograr el objetivo de neutralizar o minimizar cualquier actividad ilegal. Si no se activa el retén policial para este fin estamos ante una acción inconstitucional y violatoria.

Otro punto que debemos criticar al jefe de la Zona Policial de Colón, y que observamos en los retenes que a diario se realizan en diferentes puntos de la provincia, es que estos carecen de las formalidades con respecto a lo que instruye el Manual de Procedimiento Policial, tales como los letreros de advertencia y la cantidad de unidades que se requieren, entre otras cosas.

También llamó mucho nuestra atención que, en su momento, tanto la gobernadora de Colón como el jefe de la Zona Policial señalan que estos retenes se realizan porque tienen “algún tipo de información” que se recibe, supongo, a través de su equipo de inteligencia policial (DNIP), en ese sentido la información debe estar encaminada en características sospechosas preestablecida que determinen que un vehículo (color, tipo, modelo, marca) y sus ocupantes presuntamente hayan cometido un delito.

En suma, no podemos perder de vista que Panamá es un Estado cuyas acciones y procedimientos están regulados y garantizados por la Ley, y es vergonzoso que el jefe de la Zona Policial de Colón no supervise los retenes que manda a activar como función inherente a su cargo, mismos que no se apegan al Manual de Procedimiento que los rige, en función de agilizar e incrementar la eficiencia de las acciones operativas de la institución.

Licenciada en Investigación Criminal.
Lo Nuevo
comments powered by Disqus