“¿Qué es lo que le impide venirse? ¡Que se venga! ¿Cuál es problema, pues? Lo que tienen es un show para ver cómo generan una campaña de intriga”, dijo...
Las ventajas de una nueva Constitución serán, sin dudas, múltiples. Muchas de ellas inmediatas y otras mediatas, además de los logros para el empoderamiento de los ciudadanos que conlleva el propio proceso constituyente, en sus distintas fases.
La urgente necesidad de mayores libertades públicas para los ciudadanos, mayor seguridad y la certeza de eliminar los privilegios que goza una pequeña porción de la población en detrimento de la inmensa mayoría. La certeza de castigo solo se obtendrá con una nueva Constitución, resultado de un proceso constituyente, puesto que con la actual no se han dado respuestas reales, efectivas y cotidianas a esta demanda social que existe desde hace ya décadas.
Si partimos de la base, como nos enseña José Ignacio Hernández G, en su obra “La fragilidad del constitucionalismo transformador”, de que: “El rol del Derecho constitucional es crear las condiciones institucionales favorables para construir capacidades estatales que eleven la efectividad de las políticas públicas y favorezcan su racionalidad”, entonces, una de las tareas primarias del proceso constituyente y de la nueva Constitución es la de rescatar el respeto, la protección y la defensa de la dignidad de la persona humana siempre,
Para ello es fundamental que la nueva Constitución contenga los logros, progresos y alcances que, en materia de derechos humanos y las diversas generaciones de los mismos, han sido alcanzados por la humanidad. En Panamá, debido a los cincuenta y cuatro años de predominio del Estatuto de 1972, sufrimos un irresponsable atraso en la materia que debe integrar la razón de ser del Estado al servicio del ciudadano y de su dignidad.
El papel de los derechos humanos y de sus mecanismos de acción, son hoy por hoy un instrumento fundamental para contrarrestar los males de la democracia como el autoritarismo encubierto, el peligro militarista, la desviaciones populista y ultraclientelista, el auge de la tecnoburocracia y las prácticas que socavan la dignidad humana.
La generación de un Estado democrático no se puede lograr con una sociedad no democrática. De ahí también, la trascendencia y la importancia del proceso constituyente y de sus fases de alfabetización constitucional para que el ciudadano, además de conocer y defender sus derechos y deberes, pueda juzgar mejor las cosas que lo afectan y reservar para sí la facultad decisoria.
Juan Pablo II en su Encíclica Centesinus Annus nos dice: “Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de Derecho y sobre una base de una recta concepción de la persona humana. Requiere que se den las condiciones necesarias para la promoción de las personas concretas mediante la educación y la formación en los verdaderos ideales, así como de la ‘subjetividad de la sociedad’, mediante la creación de estructuras de participación y de corresponsabilidad.”