El autor nicaragüense conversa, con este diario, sobre identidad, poder, censura y desarraigo, mientras revive los recuerdos personales y políticos que...
- 16/01/2015 01:00
La verdad detrás de los vuelos David - Tocumen
El inicio de operaciones de Copa Airlines en la ruta interna David (Chiriquí) – Tocumen tiene algunas implicaciones legales que la Autoridad de Aeronáutica Civil (AAC) y su administrador, Alfredo Fonseca Mora (un prestigioso abogado panameño), no pueden pasar por alto.
Una mirada convenientemente simplista hacia esta medida solo vería la posición expresada por el presidente Juan Carlos Varela, en el sentido de que ahora se podrían hacer conexiones de 69 destinos de Latinoamérica con la ciudad de David. Sin embargo, es difícil ignorar lo que establece la Ley 21 de 2003, que regula la aviación civil en la República de Panamá. Nadie se opone a las medidas que toman los gobiernos y la empresa privada para aumentar el turismo en el país. Todas son bienvenidas, siempre y cuando sean realmente con este propósito y no que se use el turismo como un ardid para engañar a la opinión pública, cuando el objetivo velado es beneficiar a una empresa con influencias en el gobierno, violando —incluso— la ley.
Digo lo anterior porque el artículo 79 de la Ley 21 de 2003 establece que el servicio de transporte aéreo doméstico solo podrá ser prestado, en el caso de personas jurídicas, por la que tenga el 60% del capital suscrito y pagado de la sociedad (entiéndase acciones de la empresa) en manos de nacionales panameños.
Copa Airlines es subsidiaria de Copa Holding, empresa que cotiza en la Bolsa de Valores de Nueva York, por lo tanto se somete a las reglas que tiene Estados Unidos para regular, supervisar y fiscalizar el mercado de valores en ese país. Una de esas reglas es que las empresas que cotizan en ese país deben presentar anualmente un informe sobre sus operaciones y estado de sus acciones a la SEC (siglas en inglés de Securities and Exchange Commission, agencia federal que supervisa el mercado de valores en Estados Unidos).
Algo que muy pocos panameños saben es que en la página 7 del informe que Copa Holding envió a la SEC se revela que solo el 24.8% de sus acciones están en manos de panameños. La Corporación de Inversiones Aéreas, S.A. (CIASA) es la entidad que agrupa a los panameños que tienen acciones en Copa Holding y es la que mantiene el 24.8% de la acciones de esta corporación. Esta información es pública, porque así lo establecen las normas estadounidenses, solo hay que saberlo buscar en internet.
Por eso iniciaba este artículo indicando que el inicio de la ruta David – Tocumen no puede verse de manera simplista, sino que debe tomar en cuenta las implicaciones legales de esa decisión de gobierno. Ahora que, a través de este ciudadano, se revela en Panamá lo declarado por Copa Holding en Estados Unidos, lo cual ya debiera saber el gobierno, sobre todo la Autoridad Aeronáutica Civil, la pregunta que surge es: ¿Permitirán que Copa Airlines inicie la operación del vuelo David – Tocumen, al margen de lo que establece la Ley 21?
Las otras interrogantes que surgen son: ¿Tendrá el administrador de la AAC, Alfredo Fonseca Mora, suficiente autonomía en sus decisiones para aplicar la ley en este caso? o ¿El gobierno del presidente Varela y sus aliados utilizarán su maquinaria política para modificar la ley y hacerla a la medida de Copa Airlines?
Varela, junto a su equipo de trabajo, llegó al gobierno con la promesa de devolver la institucionalidad, lo que significa primeramente cumplir lo que la Constitución y la Ley mandan. Ahora, el gobierno en general y la Autoridad Aeronáutica Civil (junto a su administrador) le deben una explicación a la nación sobre este conflicto jurídico y de intereses que representa el polémico viaje David – Tocumen, por parte de Copa Airlines. Los ciudadanos quedamos a la espera.
AFICIONADO A LA AVIACIÓN