• 29/07/2021 00:00

La imitación de productos alimenticios

“El uso obligatorio de letreros que identifiquen la procedencia del producto aplica para todos los alimentos de naturaleza animal o vegetal, sólidos, líquidos o procesados […]”

Hace algunos años, con la apertura comercial, comenzó a llegar a nuestro país una serie de productos más baratos y de buena calidad. De un momento a otro, comenzaron a llenar las neveras y anaqueles de diferentes supermercados.

Muchos consumidores acostumbrados al color de estos productos, en especial los lácteos, no dudaban en adquirirlos. Había un queso amarillo, que era uno de mis preferidos por su rico sabor y buen precio. Pero al momento de implementarse la normativa de informar, en los etiquetados y letreros, sobre los ingredientes, nos fuimos dando cuenta de que tales productos eran de imitación.

Fue así como se creó la Ley 113 de 18 de noviembre de 2019, que establece el uso obligatorio de letreros que identifiquen la procedencia del producto alimenticio. De esta manera, aquellos productos sucedáneos o de imitación deben tener un letrero que los identifique, para que los consumidores puedan distinguir entre el producto original y el de imitación. Se establece que este letrero deberá informar si el producto es sucedáneo o imitación, nombre en idioma español y su país de origen.

Y es así como el famoso queso se descubrió que era un producto sucedáneo, o sea, con propiedades parecidas al original y de menor valor nutricional, por eso era más barato. Igual sucedió con una leche enlatada procedente de Holanda (país de gran trayectoria lechera) que también era sucedánea. La clave para reconocer esto es el etiquetado, donde se especifican los ingredientes donde puede estar la leche, pero también un tipo de aceite.

Recientemente, ante la avalancha de estos sucedáneos, el sector lácteo en Centroamérica lanzó una guía para enfrentar el comercio de imitaciones y sustitutos de sus productos. Este documento busca facilitar la comprensión y aplicación, en los países de la región, de las disposiciones que se establecen en este reglamento, así como proteger al consumidor frente al comercio de mezclas e imitaciones de productos lácteos en cuya descripción o presentación se realice un uso indebido de los términos lecheros.

Ahora bien, la ley panameña señala que todos los supermercados, abarroterías, tiendas y demás locales comerciales deben tener un letrero en los anaqueles que señalen si los productos alimenticios que vendan son de origen nacional o importado. En caso de que el alimento sea importado, el letrero deberá indicar el nombre del producto y su país de origen en español.

El uso obligatorio de letreros que identifiquen la procedencia del producto aplica para todos los alimentos de naturaleza animal o vegetal, sólidos, líquidos o procesados, destinados a ser ingeridos por las personas para su alimentación o nutrición.

Además de informar obligatoriamente sobre el precio, también deben indicar su procedencia, ya sea si fue hecho en Panamá o en el extranjero, indicando en español su nombre y país de origen.

La Acodeco es la entidad encargada de velar por el fiel cumplimiento de esta legislación en todo el país, así como de imponer las multas a los comercios que incumplan con esta medida.

Comunicador social.
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