• 06/04/2024 00:00

Linchamientos y hacer justicia por sí mismo

La cultura del linchamiento, es un retroceso, porque se afectan principios básicos del derecho penal, procesal y de derechos humanos, puesto que los tribunales del Estado son los encargados de impartir justicia y evitar la impunidad

En fecha reciente tuvimos conocimiento de un caso de linchamiento en que señalaban a una mujer como responsable de secuestro y asesinato de una niña de ocho años, reportada como desaparecida.

La mujer fue linchada en Taxco, México. Sacada a punta de golpes de su casa por decenas de pobladores furiosos e indignados por el secuestro y homicidio de la niña. También fueron golpeados otros dos hombres.

Todo ocurrió mientras los pobladores esperaban que las autoridades detuvieran a la responsable, pero ante la falta de actuación, al presuntamente estar esperando que el juez liberara las órdenes de aprehensión, la turba decidió entrar por ella con tubos, palos y cualquier otro objeto para sacar la ira por el feminicidio de la niña (Campuzano, 2024).

El término linchamiento proviene de “Lynching”, de Charles Lynch que en Estados Unidos (1780), ordenó la ejecución por ahorcamiento de unas personas sin juicio, y se trata de actos violentos con los que se busca la ejecución sin un proceso legal y de manera tumultuaria a un sospechoso o reo, con la consecuencia de muerte de lesiones físicas o sicológicas, daños a la propiedad u otros a la víctima.

Los linchamientos históricamente han existido, se menciona el caso de afroamericanos en Estados Unidos entre 1877 y 1950, (BBC), que actualmente lo reconoce como un delito de odio (2022). En Latinoamérica, los linchamientos son frecuentes en países como México, Bolivia, Guatemala (UAM, 2019), y en 2017, se señalaba los países con mayor aprobación, liderado por República Dominicana y seguido de Paraguay; con nivel medio liderado por Nicaragua y México. En el caso de Panamá, aparecía como país de menor aprobación, según el Barómetro de las Américas 2014 de LAPOP (Infobae, 2017). En este último país, tenemos un caso señalado en los medios de comunicación, en el 2001, y en fecha más reciente, de un sujeto que intentó robar en un restaurante en la vía interamericana en Santiago (Crítica, 2023, Panamá América, 2001).

La cultura del linchamiento, es un retroceso, porque se afectan principios básicos del derecho penal, procesal y de derechos humanos, puesto que los tribunales del Estado son los encargados de impartir justicia y evitar la impunidad.

Habíamos dejado atrás, la venganza privada, que luego significó un proceso con la ley de talión “ojo por ojo y diente por ojo”, y se evolucionó hacia un derecho punitivo no retributivo y de justicia pública y no privada.

En Panamá, no hay delito de linchamiento, pero está vinculado al delito de hacerse justicia por sus propias manos, que se concreta para “ejercer un pretendido derecho”, como por ejemplo hacer pretender el derecho propio de cobrarse una deuda o hacer un desahucio fuera de las vías legales, que es un delito contra la administración de justicia, cuya pena es de días multa, hasta dos años de prisión, cuando se emplea violencia o intimidación, y cuyas acciones colectivas afectan la administración de justicia porque se siente “despreciada, impotente e inútil”, y se le ofende sus atributos especiales, que es la de impartir y procurar justicia de una manera imparcial y con carácter público.

En el linchamiento los actos se provocan por una turba o una multitud enloquecida, con carácter irracional motivada por un sentimiento emotivo de hacer justicia por el dolor y sufrimiento de las víctimas, por odio o venganza, con brutalidad y violencia y sin compasión, golpean brutalmente, prenden fuego, cortan dedos, torturan a la víctima hasta provocarle la muerte para aplicar su justicia privada.

Ciertamente, que no faltan “las justificaciones, la más común es que el linchamiento es una respuesta frente a la ineficacia del Estado, en el hartazgo de la gente con las condiciones de inseguridad e impunidad, la parcialidad y deshonestidad de las autoridades, el descreimiento de las instituciones públicas, para la prevención de los actos que los agravian, la reparación de sus efectos o el castigo de los culpables, todo ello inmerso en la existencia de un clima persistente de violencia, ira y crispación” (Lazzari, 2011), aunque también se dice que hay una falla el sistema judicial (Figueroa 2023).

En fin, no cabe duda, que ante la violencia y delincuencia las personas se sienten frustrados, pero no por ello hay que buscar la “revancha”, o “darle su merecido”, impartiendo justicia privada, eso no es hacer justicia.

Concluyo diciendo que, hay que poner en la agenda la adopción de políticas públicas de prevención ante este fenómeno violento que va en aumento en otros países, pues como dice el refrán: “cuando veas la barba de tu vecino arder, pon la tuya en remojo”.

La autora es catedrática de derecho penal
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