• 11/01/2022 00:00

¡Un nuevo contrato social!

“En el proceso de construcción del Pacto del Bicentenario […]. […] la revisión de sus acuerdos también dejó en claro que bajo el apartado “Estado Justo”, donde cabían las propuestas institucionales, […], hubo una notable ausencia de aportes”

A medida en que superamos la pandemia y se recupera el ritmo de las actividades económicas y sociales, también se intensificará la agitación política. Todavía está distante la apertura formal del proceso electoral, pero ya existe una creciente efervescencia, centrada en las luchas por el control de varios partidos, con la intención de posicionarse para los comicios del 2024.

En este escenario, el tema de las reformas constitucionales, pendiente desde que, a finales del 2019, el Gobierno optó por retirar el proyecto de Acto Constitucional que había aprobado en primera vuelta la Asamblea Nacional al cierre del período legislativo de octubre de ese mismo año, será uno de los más trillados por los presuntos aspirantes a la Presidencia, por sus partidos y, además, objeto de propuestas, tanto sensatas como improvisadas.

Para la sorpresa de nadie, los intentos de convocar una asamblea constituyente paralela por la vía de la iniciativa ciudadana fracasaron estrepitosamente. Entre otras razones, porque sus promotores nunca supieron ni pudieron explicar, para la comprensión general, cuáles eran las reformas que impulsarían y, también, porque carecieron de capacidad de convocatoria.

Con las iniciativas para convocar a una asamblea constituyente paralela, por iniciativa ciudadana, hasta el presente, se han ensayado y agotado dos de los procedimientos previstos en los artículos 313 y 314 de la Constitución, de acuerdo con los cuales esta puede ser reformada o reemplazada.

1) Por un Acto Constitucional aprobado por dos legislaturas sucesivas de una misma Asamblea, que debe ser ratificado mediante una consulta popular (referendo). Este fue el ensayado el pasado año 2019, cuando el proyecto de Acto Constitucional fue retirado.

2) Por un Acto Constitucional aprobado en tres debates por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Legislativa, que debe volver a ser aprobado, sin modificaciones y en un solo debate, por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional siguiente.

3) Por una Asamblea Constituyente Paralela, convocada por iniciativa ciudadana, siempre y cuando que esta cuente, como mínimo, con el apoyo de firmas que representen 20 % del padrón electoral. Esta vía acaba de ser declarada caducada por el Tribunal Electoral, por cuanto las tres iniciativas que la intentaron, sumadas, solo lograron 17 000 firmas de apoyo.

4) Por una Asamblea Constituyente Paralela, que podría “ser convocada por decisión del Órgano Ejecutivo”, que debe ser “ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo”, o sea, por 36 diputados.

5) Por una Asamblea Constituyente Paralela, que podría “ser convocada por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros”, o sea, por 48 diputados.

La convocatoria que podría nacer del Órgano Ejecutivo está sujeta a su ratificación por el Órgano Legislativo. Si no existe un acuerdo político entre esos dos órganos, sería inviable. Y la convocatoria que podría generarse en el Órgano Legislativo, por requerir de la aprobación de 48 diputados, necesitaría de la concurrencia y apoyo de bancadas actualmente rivales.

A esos eventuales y poco probables escenarios, hay que agregar que de llegar a aprobarse “una nueva constitución” o un texto que la reforme parcialmente, ineludiblemente, en ambos casos, deben someterse a consulta popular, mediante un referendo, cuyo resultado, por demás incierto, decidiría su suerte.

Ante la comprobada realidad del fracaso de las vías 1 y 3 y por las incertidumbres políticas que rodean a las 4 y 5, por decantación, convienen valorar la viabilidad de la alternativa 2, la adopción de una reforma constitucional por la vía de su aprobación por dos asambleas sucesivas.

El principal reto que enfrenta la nación panameña es conseguir un acuerdo político que asegure que podamos, luego de superada la pandemia, avanzar en la consolidación de una auténtica institucionalidad democrática, que no depende de quién o qué partido gane las elecciones del 2024 y tampoco de cómo quedaría conformada la próxima Asamblea Nacional, sino de que en las fuerzas políticas exista voluntad de dialogar y pactar.

De las constituciones no dependen las soluciones de las necesidades económica y sociales; considerarlas responsables de su insatisfacción es, indirectamente, una confesión de nuestra incapacidad para alcanzar los acuerdos de funcionalidad democrática que son el único cauce efectivo para resolverlas con efectividad y durabilidad. Mientras no entendamos que lo que necesitamos como país es elevar la política a niveles que superen los antagonismos destructivos y los sustituyamos por el debate constructivo, muy pocas probabilidades tendremos de alcanzar los niveles de desarrollo que nos merecemos todos y de que seamos el país que podemos ser.

En el proceso de construcción del Pacto del Bicentenario se identificaron necesidades y aspiraciones reales; demandas sociales que requieren soluciones urgentes. Pero la revisión de sus acuerdos también dejó en claro que bajo el apartado “Estado Justo”, donde cabían las propuestas institucionales, que pudieran referirse al tema constitucional, hubo una notable ausencia de aportes. En consecuencia, esa asignatura seguirá pendiente y solo podremos superarla si los principales actores políticos, los partidos y los grupos de presión con mayor capacidad para aportar deciden contribuir, aparcando y superando ambiciones electorales sectarias.

Insisto en que los textos constitucionales, los actuales o reformados, mirados en sus escuetos lenguajes, no producirán las soluciones que Panamá necesita; pero emprender un ejercicio reformatorio que se sustente en una voluntad desprendida y consagrada a hacer un mejor país, realizado con franqueza, espíritu patriótico y ánimo de consensuar, como el que hubo en 1945, sí serviría para reencontrarnos y cimentar el futuro con ese NUEVO CONTRATO SOCIAL que necesita la nación y que nuestras presentes generaciones tienen la responsabilidad histórica de dejarle a las venideras.

Abogado
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