• 20/10/2018 02:00

‘Golden Passports' o ‘Pasaportes de Oro' de la OCDE

‘[...] Panamá tiene la libertad de establecer sus políticas migratorias y fiscales según sus [...] objetivos y beneficios, como país soberano [...]'

En días pasados la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) incluyó a Panamá en otra lista negra, lo que me hizo cuestionar los valores base de esa organización que, según su página web, son ‘objetividad, apertura, audacia, vanguardismo y ética'.

La razón de esta nueva inclusión en otra de las listas de la OCDE, tiene que ver con tres tipos de residencia migratoria que ofrece Panamá: países amigos, solvencia económica propia y reforestación. De acuerdo a la OCDE, estos tipos de residencia, en las que no se exige a los receptores permanecer en territorio panameño para mantenerlas, son o podrían ser utilizadas para la evasión de obligaciones fiscales en sus países de origen, al contar con un documento de residencia migratorio en un paraíso fiscal, pues, según la OCDE, esta identificación que obtiene el residente que recibe la residencia le permite no tener que cumplir con el Common Reporting Standard (CRS) o Estándar Común de Reporte para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras.

Señores de la OCDE:

• Es un Derecho Humano el migrar. Cualquier persona tiene el derecho de mudarse de su país de origen hacia otro país, si considera que las condiciones de vida en ese otro país son mejores que las que le ofrece su país de origen. Quizás los países de origen deban comenzar a trabajar en sus políticas internas y de esta forma frenar la fuga de ciudadanos en busca de mejores oportunidades de vida y de inversión.

• En la República de Panamá, la obtención de una residencia no implica la obtención de forma automática de la residencia fiscal y/o de la nacionalidad panameña (y con ello un pasaporte). Residencia migratoria no es sinónimo de residencia fiscal bajo la jurisdicción panameña. Las normas adoptadas para que la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas otorgue una certificación de residencia fiscal a un individuo señalan que, como requisito mínimo, el solicitante debe probar su estadía en territorio panameño por 183 días o más, en un año fiscal o en el año inmediatamente anterior. Un extranjero residente en Panamá puede estar pagando impuestos en el país y no con ello se le garantiza la obtención de una certificación de residencia fiscal con la que pueda darse de baja en la autoridad fiscal de su país de origen. Le recomiendo a los analistas de la OCDE leer el artículo 762-N del Código Fiscal de Panamá y demás normas aplicables.

• Existen otros países que ofrecen residencia a inversionistas con todos los beneficios que ello conlleva, los cuales no están en esta nueva lista negra de la OCDE; por ejemplo, España, el Reino Unido, Francia, los Estados Unidos de Norteamérica, por mencionar algunos. Sería prudente conocer los parámetros utilizados por la OCDE para concluir que las residencias ofrecidas por Panamá son esquemas con tan dudoso objetivo, que ameriten que el país sea incluido en una lista negra.

En los últimos 15 años el sistema financiero de Panamá ha trabajado e invertido recursos para adaptarse a las exigencias de organismos como la OCDE y evitar que nuestro país continúe siendo incluido en listas negras y grises, algo que nos ha restado competitividad para beneficio de otros países que coincidencialmente son miembros prominentes de la OCDE.

La República de Panamá tiene la libertad de establecer sus políticas migratorias y fiscales según sus propios objetivos y beneficios, como país soberano que es. Como ciudadana de este país y asociada a una firma de abogados de prestigio con departamento activo y preponderante en servicios migratorios, espero del Gobierno panameño una actitud más patriótica y que defienda nuestra soberanía, nuestros intereses y nuestra imagen. Ya basta del atropello.

ABOGADA

Lo Nuevo