• 08/04/2026 23:34

Precio final con impuestos

A partir del 19 de junio de 2026, entrará a regir una nueva modificación a la Ley 45 de 2007, introducida mediante la Ley 473 de 19 de junio de 2025. Esta reforma establece que en todo establecimiento que ofrezca bienes o servicios se deberá mostrar, de forma clara, precisa y visible para el público, el precio total a pagar, incluyendo los impuestos y tasas nacionales legalmente establecidos.

Esto significa que, cuando un consumidor busque opciones para adquirir un bien o servicio, deberá visualizar el precio final que pagará, lo que le permitirá tomar una decisión de compra de manera más informada y transparente. De esta forma, el consumidor conocerá desde el inicio cuánto deberá pagar realmente por el producto o servicio que desea adquirir.

Consideramos que esta modificación es ventajosa para el consumidor, ya que antes de entrar en vigencia la misma, el comprador debía, observar el precio, y al mismo sumarle el porcentaje del impuesto para poder obtener el precio que realmente costaba el bien o servicio; o esperar al momento de pagar el mismo para obtener el precio final.

Aunque la mayoría de los bienes y servicios en Panamá, deben pagar impuestos, y esto es de conocimiento público, muchos de los consumidores en Panamá, se dejen llevar por el precio marcado e inicialmente no contemplan el porcentaje de impuesto que se le debe incluir al precio marcado, posteriormente, cuando pagan es que se sorprenden que la cuenta se les elevó, ya que visualizaron el precio marcado y no precio total a pagar.

Dicha modificación contempló un año de adecuación, desde su publicación en la Gaceta Oficial, para que los agentes económicos se preparen en hacer los respectivos cambios en sus establecimientos, ya que si bien es cierto es un cambio muy ventajoso para los consumidores, también hay que tener en cuenta que es un cambio sustancial para los comerciantes, los que deben adecuar todo lo referente para que se visualice los precios totales a pagar, ya con el porcentaje de impuesto incluido, para cumplir con lo establecido en esta ley, y de esta manera, no infringir las normas de protección al consumidor.

Finalmente, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), como entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas de protección al consumidor, tiene la facultad, según lo establecido en la Ley 45 de 2007, de realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de esta disposición. En caso de detectarse incumplimientos, la entidad podrá aplicar las sanciones correspondientes conforme al procedimiento administrativo establecido.

Por ello, es importante que los agentes económicos realicen las adecuaciones necesarias antes de la entrada en vigencia de la norma. Asimismo, los consumidores deben recordar que, una vez entre a regir la Ley 473 de 2025, el precio que visualicen antes de adquirir un bien o servicio deberá ser el precio final, con los impuestos incluidos.

* La autora es abogada en el Departamento de Asesoría Legal de la Acodeco
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