• 24/08/2021 00:00

Del proyecto de ley sobre extinción de dominio

“Este instrumento jurídico es una acción directa contra las actividades criminales derivadas del crimen organizado en todas sus manifestaciones […]”

Este proyecto es el resultado de una ardua labor de más de un año, llevada a cabo por profesionales del Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio Público, Órgano Judicial y Ministerio de Seguridad Pública.

Su objetivo es crear y desarrollar un marco normativo dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita, a fin de recuperar los bienes ilícitos a favor del Estado, ya que con esto se constituye un mecanismo de generación de ingresos, no solo para financiar la prevención y la lucha contra la delincuencia, sino también para resarcir el daño causado a la sociedad, otorgándole una función social.

La Jurisdicción Especial de Extinción de Dominio es independiente y autónoma a las demás jurisdicciones ordinarias.

Este instrumento jurídico es una acción directa contra las actividades criminales derivadas del crimen organizado en todas sus manifestaciones y coadyuvará con el fortalecimiento de las capacidades institucionales en la persecución criminal del blanqueo de capitales y delitos conexos, los cuales afectan la convivencia pacífica, el desarrollo humano, la sostenibilidad y progreso del país.

Como autoridades nos debemos a nuestros ciudadanos, por lo que, honrando nuestro deber constitucional de salvaguardar sus vidas y asegurar la efectividad de sus derechos y libertades, somos conscientes de que hay que implementar acciones que los garanticen, siendo necesario fortalecer los mecanismos de administración de justicia para combatir a las organizaciones criminales, a través de un marco legal que le permita al Estado la aplicación de la Ley en contra de bienes adquiridos ilícitamente y el financiamiento de actividades ilícitas que tanto daño le hacen a nuestro país.

El Ministerio de Seguridad Pública promueve la oportuna incorporación al marco jurídico nacional de este mecanismo de investigación y administración de justicia, que les permitirá a las autoridades nacionales cumplir de manera efectiva con la misión de contrarrestar la actividad criminal organizada, erradicando la capacidad operativa y financiera de las organizaciones criminales, debilitando su estructura organizacional y devolviendo la paz a la sociedad.

Además de las normas procedimentales, el proyecto de ley crea la Dirección de Administración de Bienes Aprehendidos y de Extinción de Dominio del MEF, estableciéndose la distribución de los fondos depositados en la cuenta especial de Bienes por Extinción de Dominio del Ministerio de Economía y Finanzas (comiso), aportándose significativamente (35 %) a programas o proyectos que directamente trabajen en el sector social, 45 % al sector seguridad y justicia y 20 % para los gastos de la extinción de dominio.

Se regula lo atinente a la cooperación internacional, con miras a poder realizar las acciones que conlleven la extinción de dominio de bienes ilícitos, tomando en cuenta los convenios ratificados por Panamá y aquellos que puedan suscribirse a futuro para tales efectos.

Cabe señalar que entre los países de América que ya implementaron la Ley de Extinción de Dominio se encuentran: Colombia, Argentina, México, Perú, Ecuador, Bolivia, Honduras, Guatemala y El Salvador.

Ministro de Seguridad Pública.
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