• 29/11/2015 01:00

Revive el debate constitucional

La idea de impulsar cambios a la Constitución la revivió recientemente el ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán

La idea de impulsar cambios a la Constitución la revivió recientemente el ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, cuando dijo que existía la posibilidad de reformar la Constitución a través de otra vía, no solo con una constituyente, y antes de que culmine el actual Gobierno. El comentario se dio luego de que la Cámara de Comercio instara a las ‘fuerzas vivas ' a impulsar una constituyente.

Los métodos para reformar la Constitución son: 1. Por un Acto Constitucional aprobado en tres debates por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional (AN), el cual debe ser publicado en la Gaceta Oficial y transmitido por el Órgano Ejecutivo a dicha Asamblea, dentro de los primeros cinco días de las sesiones ordinarias siguientes a la instalación de la AN electa en las últimas elecciones generales, a efecto de que en su primera legislatura sea debatido y aprobado sin modificación, en un solo debate, por mayoría absoluta.

2. Por un Acto Constitucional aprobado en tres debates por la mayoría absoluta de la AN, en una legislatura, y aprobado, igualmente, en tres debates, por mayoría absoluta de los miembros de la AN, en la legislatura inmediatamente siguiente. En esta se podrá modificar el texto aprobado en la legislatura anterior. El Acto Constitucional aprobado de esta forma deberá ser publicado en la Gaceta Oficial y sometido a consulta popular directa, mediante referéndum que se celebrará en la fecha que señale la AN, en un plazo que no podrá ser menor de tres meses ni exceder de seis meses, contados desde la aprobación del Acto Constitucional por la segunda legislatura.

3. A través de una Asamblea Constituyente Paralela, que podrá ser convocada por decisión del Órgano Ejecutivo, ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo, o por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros, o por iniciativa ciudadana, la cual deberá ser acompañada por las firmas de, por lo menos, el 20% de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud. La Asamblea Constituyente Paralela estará integrada por sesenta constituyentes, quienes deberán representar proporcionalmente a los panameños de todo el país, según la población electoral, y se permitirá, además de la postulación partidaria, la libre postulación. Para estos efectos, el TE deberá establecer en la convocatoria el sistema electoral aplicable a la elección de constituyentes.

DOCTOR EN DERECHO.

Lo Nuevo