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- 09/08/2021 00:00
Eres único e irrepetible, no instrumento médico de otros
Si el médico clínico se debe a su paciente individual (“como médico, debes servir exclusivamente al paciente, no a una idea abstracta de la sociedad”), y no puede jamás supeditar el bienestar del paciente individual que tiene enfrente en la consulta, a una idea abstracta de la sociedad, o de “Volkgesundheit” (“salud del pueblo”, en la terminología nazi), se colige también que un médico puede, no, más bien debe, desaconsejar a un paciente individual una vacuna determinada, si, en su criterio, ese paciente no se beneficia individualmente de la vacunación. Es así de sencillo. El médico que no tenga esto claro, no está sirviendo a su paciente.
Resulta también que cada persona tiene derecho a elegir a su médico. El Estado no puede imponerle a ninguna persona atenderse con un médico determinado, ni impedirle que elija al médico de su confianza. Del mismo modo en que puedes elegir a tu abogado, tu contador, tu plomero o tu panadero, eres libre de elegir a tu médico. La relación médico-paciente es una relación de las que en el Derecho anglosajón se conocen como “uberrima fides” o “de la máxima confianza”. La persona necesita sentirse en un alto grado de confianza con su médico, no solo en cuanto al conocimiento, experiencia y pericia de este, sino en cuanto a su empatía y vocación. Ante el médico, nos sentimos “desnudos”, incluso cuando no lo estemos literalmente, porque, para que este pueda ayudarnos adecuadamente, debemos proporcionarle información que normalmente no proporcionaríamos a cualquier persona. ¿Recuerdas la frase popular aquella que dice que “al cura en el confesorio, al abogado y al médico hay que decirles toda la verdad”? Pues, eso.
Por esta misma razón, pues, la persona tiene libertad de elegir al médico de su confianza. No es el ministro de Salud -ni más nadie- quien tiene autoridad para decirte con qué médico debes atenderte.
Volvamos al inicio. El médico, al asesorar a Juan, debe evaluar la situación de Juan, los posibles beneficios para Juan de someterse a una intervención determinada, y sopesarlos contra los riesgos para Juan de someterse a esa intervención. En la mente del médico no hay lugar allí para abstracciones tipo “Volkgesundheit”. El médico, como profesional que es, debe hacer una evaluación con base en su conocimiento y experiencia, y debe emplear herramientas de evaluación de probabilidades tanto para evaluar posible beneficio como para el posible riesgo de daño para Juan, según su edad, historial clínico y otros elementos que puedan incidir en la evaluación de riesgo a partir de herramientas de estimación de probabilidades. Esto lo hacen todo el tiempo los actuarios, cada vez que una persona solicita una póliza de seguro médico, y esas tablas actuariales son fácilmente accesibles para todo médico, más hoy, en la era del Internet. Tú puedes, por ejemplo, pedirle a tu médico que te indique cuál es el riesgo de morir de una enfermedad determinada, según tablas actuariales, para una persona de tu edad, sexo, y demás elementos relevantes (e.g. concomitancia o ausencia de enfermedades crónicas y otros factores de riesgo).
Yo, como abogado, cuando emito una opinión legal, tengo que hacer un análisis de la situación actual o hipotética que se me está consultando, y contrastarla contra mi interpretación del Derecho, tanto por lo que indican las normas posiblemente aplicables al caso, como por la particular interpretación y aplicabilidad de dichas normas al caso en cuestión. Todo esto, además, con transparencia del correspondiente grado de incertidumbre que pueda haber sobre la aplicabilidad o interpretación del Derecho al caso en cuestión. Pues de igual modo, antes de recomendar una intervención médica determinada, el médico tiene el deber profesional -por el que es civil y penalmente responsable- de ocupar su intelecto en hacer una adecuada evaluación del paciente, y asesorarlo con la debida diligencia que espera el paciente de su médico. ¿Aceptarías acaso que tu abogado te hiciera una recomendación jurídica sin haber analizado a fondo tu situación particular, exponiéndote así a posibles riesgos jurídicos que puedan resultar de que sigas su recomendación hecha sin el adecuado análisis? No, ¿verdad? ¿Por qué habría entonces de ser distinto cuando de lo que se trata son tu vida y tu salud?
No existe la intervención médica sin daños, ni siquiera las vacunas, por más que la propaganda constante en medios insista en ello. Si el médico recomienda someterse a una determinada intervención médica, sin haber hecho una adecuada evaluación de riesgos y beneficios de la persona individual con sus particulares circunstancias, incumple el deber de diligencia que debe todo profesional sanitario hacia cada paciente.
Tú tienes derecho a recibir una asesoría médica individualizada del médico de tu confianza. Si no hay claro beneficio neto frente al riesgo de daño, tu médico tiene el deber de informártelo y de desaconsejarte la intervención médica. “Primum non nocere”. Nadie puede exigirte que te expongas a daños para beneficio de terceros, y menos en beneficio de abstracciones tipo “Volkgesundheit”. Tú no eres instrumento de nadie. Eres único e irremplazable, y tienes derecho a tomar tus propias decisiones médicas asesorado por el médico de tu confianza y elección.