• 28/09/2026 00:00

Ventajas de una nueva constitución (V)

A las ventajas antes mencionadas en artículos precedentes, de una nueva Constitución de todos, para todos y con todos, se suma una distribución más objetiva y democrática de los poderes del Estado, generando un equilibrio más sólido que el existente.

Ello permitiría cumplir, con el anhelo ciudadano de una verdadera y mejor justicia, quedaos los principios y valores constitucionales universales, garantice la verdadera autonomía e independencia, el acceso igualitario y la eficiencia de la misma.

Para que haya una verdadera justicia en Panamá, no basta cambiar leyes. Hay que cambiar las reglas del juego en la nueva Constitución. La de 1972 está diseñada para que el presidente mande sobre los jueces. La nueva Constitución deberá contemplar una independencia real, y no solo de papel, de los órganos del Estado.

Los integrantes del Judicial, del Ministerio Público y de todos los tribunales deben ser no de a dedo sino como resultado de concursos públicos y meritocráticos que consideren formación cívica y jurídica, experiencia, exámenes, entrevistas públicas y una hoja de vida limpia.

Debe contemplarse un Consejo de la Judicatura independiente que sea el que nombre, evalúe y destituya jueces; sin políticos. Tenemos una justicia centralizada, lenta y carísima. Debemos alcanzar, cuanto antes, una justicia descentralizada, con muchísimos más jueces municipales con presupuesto. Plazos máximos obligatorios. Si un juez no falla en 6 meses, debe ser sancionado. Expedientes electrónicos y casas de justicia en cada cabecera de distrito. Tener una Corte Suprema de Justicia que no sea albergue de la impunidad. Hoy día en Panamá diputados y magistrados se juzgan entre ellos. Resultado: vertiginosa impunidad.

La nueva Constitución obligatoriamente debe eliminar fueros y privilegios: todos iguales ante la ley. Si un diputado o magistrado comete delito, lo juzga un juez común, no la Asamblea. Se requiere un Tribunal Constitucional aparte: una Corte Suprema para temas de justicia común y un Tribunal Constitucional aparte para temas de Constitución. Así no se concentran 9 personas con todo el poder.

El Órgano Judicial no está para mendigar y pedir limosna al Ejecutivo cada año. La nueva Constitución debe contemplar:

-Autonomía presupuestaria real y efectiva: mínimo 3% del presupuesto del Estado, automático, sin negociar.

-Carrera judicial blindada: Juez que falle contra el gobierno no puede ser despedido. Estabilidad y protección salarial.

-Evaluación ciudadana: Que el ciudadano pueda evaluar a los jueces. Los malos se van, los buenos se quedan.

La nueva Constitución debe abrir el camino para tribunales agrarios y ambientales especializados, que entiendan de tierra, agua y agropecuario, no jueces civiles improvisando.

-Defensa de la propiedad privada productiva: Prohibición clara de invasiones y expropiaciones sin pago previo y justo.

- Lucha contra la corrupción: Que robarle al Estado sea delito grave sin fianza y sin prescripción alguna.

Resumiendo: La frase que debe inspirar y guiar la nueva Constitución es: “Dime cómo es tu justicia y te diré si tu país es libre”.

Sin justicia independiente no hay inversión, sin inversión no hay empleo, sin empleo no hay campo. Por eso, la participación ciudadana debe exigir que la nueva Constitución traiga menos política en la justicia y más justicia para el ciudadano.

*El autor es abogado y catedrático universitario
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