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- 03/08/2026 18:17
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Agrega La Estrella en Google ↗️El Órgano Ejecutivo oficializó el calendario para el año lectivo 2027. Mediante el Decreto Ejecutivo No. 37 de 3 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 30581-A, las autoridades fijaron el comienzo del periodo de organización docente para el lunes 15 de febrero de 2027, mientras que las clases regulares iniciarán el lunes 22 de febrero.
La norma, firmada por el presidente de la República, José Raúl Mulino Quintero, y la titular del Ministerio de Educación, Lucy Molinar, establece que el año escolar tendrá una duración de 44 semanas y concluirá el viernes 17 de diciembre de 2027. La disposición abarca a todos los centros educativos oficiales y particulares del primer y segundo nivel de enseñanza, tanto del subsistema regular como del no regular.
El calendario fija el primer trimestre de clases desde el 22 de febrero hasta el 21 de mayo de 2027 (13 semanas), con días libres el 25 y 26 de marzo por Semana Santa. El primer receso escolar abarcará del 24 al 28 de mayo.
El segundo trimestre se desarrollará del 31 de mayo al 20 de agosto (12 semanas), seguido del segundo receso entre el 23 y el 27 de agosto. En tanto, el tercer trimestre se extenderá del 30 de agosto al 3 de diciembre (14 semanas). Las actividades patrias del 3, 4, 5, 10 y 28 de noviembre suspenderán las clases, además del lunes 29 de noviembre y las jornadas cívicas del 27 de octubre (Día del Estudiante) y 1 de diciembre (Día del Maestro).
El periodo de balance y graduaciones quedó establecido entre el 6 y el 17 de diciembre, con el 8 de diciembre como día libre por el Día de las Madres.
El artículo 2 del decreto dispone que el Ministerio de Educación (Meduca) dictará actividades de formación continua, actualización y perfeccionamiento profesional a los educadores durante las semanas de receso escolar de los estudiantes. Las direcciones nacionales y regionales organizarán estas capacitaciones, en las cuales los docentes deberán participar obligatoriamente.
Por otro lado, el artículo 3 advierte que los planteles deberán cumplir el calendario de forma continua e ininterrumpida, salvo eventos fortuitos o de fuerza mayor que pongan en riesgo la seguridad de la comunidad educativa.