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Restricción nocturna en San Miguelito: conoce los cuatro corregimientos y horarios
- 17/08/2026 17:18
La Alcaldía de San Miguelito estableció medidas temporales de control y prevención en cuatro corregimientos del distrito, debido a los niveles de incidencia delictiva y situaciones que afectan la convivencia ciudadana, particularmente durante horarios nocturnos.
La medida fue adoptada mediante el Decreto Alcaldicio No. 013-2026, publicado en la Gaceta Oficial Digital No. 30591-C del 17 de agosto de 2026, y tendrá una vigencia de 14 días.
¿En qué corregimientos aplicará la restricción?
El decreto declara como zonas de intervención prioritaria los corregimientos de:
Belisario Frías
Belisario Porras
Arnulfo Arias
Omar Torrijos
Según el documento, la decisión se sustenta en informes técnicos de la Policía Nacional, en los que se identifican estas áreas por su alta incidencia delictiva, alteraciones de la convivencia y riesgos para la seguridad ciudadana.
Estos son los horarios de la restricción
La medida restringe la circulación y permanencia de personas y vehículos en vías y espacios públicos de los cuatro corregimientos durante determinados horarios.
De lunes a jueves, la restricción será desde las 11:00 p. m. hasta las 3:00 a. m. del día siguiente.
Mientras que los viernes, sábados y domingos se aplicará desde las 10:00 p. m. hasta las 4:00 a. m. del día siguiente.
La disposición comenzó a regir desde las 11:00 p. m. del lunes 17 de agosto y permanecerá vigente hasta las 4:00 a. m. del lunes 31 de agosto de 2026.
¿Quiénes están exceptuados?
El decreto establece varias excepciones. No estarán sujetos a la restricción:
Personal de salud, seguridad, emergencias y servicios públicos debidamente identificado.
Personas que se movilicen por motivos laborales, educativos o de fuerza mayor, siempre que puedan acreditarlo.
Usuarios y prestadores del transporte público colectivo que se encuentren en servicio.
Otras situaciones justificadas que sean verificadas por la Policía Nacional o la autoridad competente.
Policía podrá establecer puntos de control
Durante los horarios establecidos, la Policía Nacional podrá implementar puntos de control vehicular y peatonal, además de verificar la identidad de las personas y determinar si se encuentran dentro de alguna de las excepciones contempladas.
El decreto también establece que las personas adultas que no acrediten una excepción podrán ser aprehendidas y conducidas al Juez Nocturno correspondiente o al Funcionario de Cumplimiento.
La ejecución de las medidas será coordinada con la Policía Nacional, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre y otras instituciones competentes.
Multas de hasta $500
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en el decreto podrá generar multas de $50 hasta $500, sin perjuicio de otras sanciones contempladas en la legislación nacional, acuerdos municipales y decretos alcaldicios cuando correspondan.
Además, la Alcaldía mantendrá vigentes las medidas de protección para menores de edad en horario nocturno, establecidas mediante el Decreto Alcaldicio No. 16-DAL-2024, que contempla un toque de queda para menores.