Ni millones ni limosnas: la historia detrás del Tratado Remón-Eisenhower

  • 25/01/2026 00:00
Más que un tratado económico, el Remón-Eisenhower fue un acto político que redefinió el discurso nacional sobre el Canal

El Tratado Remón-Eisenhower, formalmente denominado “Tratado de Mutuo Entendimiento y Cooperación entre la República de Panamá y los Estados Unidos de América”, constituye uno de los hitos más importantes en las relaciones bilaterales entre Panamá y los Estados Unidos durante el siglo XX.

Firmado el 25 de enero de 1955, veintitrés días después del asesinato del presidente panameño José Antonio Remón Cantera, este tratado representó una revisión parcial, aunque significativa, de las condiciones establecidas por el Tratado de Hay-Bunau-Varilla de 1903 y sus instrumentos subsiguientes.

Desde la separación de Panamá de Colombia en 1903, los acuerdos con Estados Unidos que regían la operación y administración del Canal interoceánico se establecieron en condiciones que muchos sectores panameños consideraban profundamente inequitativas.

El tratado original de 1903, negociado por representantes de Panamá con Estados Unidos, otorgó amplios derechos a este último sobre la Zona del Canal, incluidas prerrogativas territoriales, fiscales y administrativas que limitaban la soberanía plena de Panamá sobre su propio territorio.

Durante décadas, la sociedad panameña vivió bajo esa condición de subordinación jurídica y económica, lo que desencadenó continuas tensiones nacionales, críticas políticas y reclamos diplomáticos en diversos foros internacionales.

En este marco, la administración del presidente José Antonio Remón Cantera (1952-1955) adoptó una postura más enérgica en la búsqueda de una revisión de los tratados que regularan la relación bilateral, rescatando la voz nacional en la demanda de “ni millones ni limosnas, queremos justicia”, consigna que Remón utilizaría para reflejar la aspiración de equidad en los términos económicos y laborales del acuerdo con Estados Unidos.

Las negociaciones que finalmente condujeron al Tratado Remón-Eisenhower comenzaron formalmente en 1953, impulsadas por las gestiones diplomáticas emprendidas por el gobierno de Remón, que buscaba corregir déficits significativos como la baja anualidad pagada por Estados Unidos por el uso del Canal y las desigualdades salariales y comerciales existentes dentro de la Zona del Canal.

Este proceso negociador se extendió durante casi dos años y estuvo marcado por una intensa negociación diplomática entre representantes de ambos países.

Lamentablemente, el presidente Remón no llegó a ver la culminación de estas conversaciones debido a su asesinato el 2 de enero de 1955 en un hipódromo de la Ciudad de Panamá, en un hecho que conmocionó al país y ensombreció el proceso. Sin embargo, la continuidad de las negociaciones fue asegurada por el gabinete y los representantes diplomáticos panameños, quienes concluyeron los acuerdos poco más de tres semanas después, el 25 de enero de 1955.

La firma del tratado se realizó en Ciudad de Panamá, donde el ministro de Relaciones Exteriores de Panamá, Octavio Fábrega, representó al país, mientras que por parte de Estados Unidos firmó el embajador Selden Chapin. En honor a la memoria de Remón, el tratado tomó su nombre junto al del presidente estadounidense Dwight D. Eisenhower, quien presidía los Estados Unidos en ese momento.

El Tratado Remón-Eisenhower introdujo una serie de reformas económicas, sociales y administrativas con el objetivo de corregir algunas de las desigualdades históricas que habían marcado la relación bilateral. Entre sus disposiciones más destacadas se encuentran:

Incremento de la anualidad: Estados Unidos aceptó incrementar la anualidad que pagaba a Panamá por el uso de la Zona del Canal, elevándola de $430 000 a $1 930 000 anuales.

Igualdad salarial y laboral: Se estableció el compromiso de trabajar hacia la igualdad salarial entre trabajadores panameños y estadounidenses en la Zona del Canal, eliminando gradualmente el sistema de “gold roll/silver roll” que diferenciaba los salarios de acuerdo a la nacionalidad.

Derechos fiscales: Panamá obtuvo la facultad de cobrar impuestos sobre la renta a sus ciudadanos que residieran y trabajaran en la Zona del Canal.

Devolución de tierras: Se acordó la transferencia de determinados terrenos y edificios dentro del territorio canalero, como Punta Paitilla, que pasaron a jurisdicción panameña.

Actividades comerciales: Se abrió la posibilidad de que comerciantes panameños puedan vender mercancías tanto dentro de la Zona como a embarcaciones que transitaran por el Canal, dinamizando la economía local.

Construcción de infraestructura: El tratado estipuló la construcción de un puente sobre el Canal, que posteriormente sería conocido como un hito de infraestructura nacional.

A su vez, como parte de los acuerdos colaterales, Panamá autorizó a los Estados Unidos un arrendamiento de tierras para maniobras militares en Río Hato por 15 años, en consonancia con las prioridades estratégicas estadounidenses dentro del contexto de la Guerra Fría.

La aprobación de un tratado internacional exige, conforme al derecho internacional y a las respectivas legislaciones constitucionales de los países firmantes, un proceso de ratificación interna para su plena vigencia. En el caso de Panamá, el tratado, una vez firmado por los representantes diplomáticos, debió ser presentado ante la Asamblea Nacional para su aprobación mediante la emisión de una ley que ratificara el instrumento internacional, conforme a los procedimientos previstos en la Constitución panameña.

La aprobación legislativa implicó un análisis por parte de los diputados respecto a los beneficios y compromisos asumidos por Panamá, así como las implicaciones para la soberanía nacional, el cual fue debatido y finalmente sancionado por la mayoría de los representantes legislativos.

En cuanto a los Estados Unidos, la ratificación de tratados internacionales corresponde al Senado, que constitucionalmente debe otorgar su consentimiento con una mayoría cualificada de dos tercios para que el tratado se integre plenamente al derecho interno estadounidense.

Si bien fuentes sobre la ratificación específica del Remón-Eisenhower señalan que el tratado fue respaldado en términos generales, implementarlo en la práctica implicó la introducción de legislación complementaria en el Congreso de Estados Unidos, destinada a dar efecto a las disposiciones del tratado, como la legislación relacionada con igualdad salarial, transferencia de tierras y otras medidas acordadas.

Documentos del Departamento de Estado indican que varios proyectos de ley fueron introducidos en ambas cámaras del Congreso para cumplir con las obligaciones pactadas, lo que refleja la complejidad del proceso legislativo incluso después de la firma del tratado.

El Tratado Remón-Eisenhower no otorgó a Panamá el control total del Canal ni modificó el status jurídico de la Zona como enclave administrativo estadounidense, pero sí significó un avance importante en términos de equidad económica y laboral, así como un reconocimiento de ciertos derechos panameños que habían sido largamente reclamados por la sociedad civil y los líderes políticos.

Además, este tratado se convirtió en un precedente para futuras negociaciones, como las que culminarían en los Tratados Torrijos-Carter de 1977, que finalmente condujeron a la transferencia total del Canal y la Zona a la República de Panamá en 1999.

En términos históricos, la aprobación y ejecución del Tratado Remón-Eisenhower marcó un momento de transición política y diplomática, en el que se puso de manifiesto la capacidad de Panamá de reivindicar sus derechos en el ámbito internacional sin renunciar a la cooperación con una potencia global, y en el que se consolidaron bases hacia la futura recuperación de la soberanía plena sobre su territorio y recursos estratégicos.

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