¿Monopolio en escuelas de manejo? Pactan tarifa mínima de $300 ante la mirada de ATTT y Acodeco

Escuelas de manejo acuerdan en Coclé un suelo tarifario de $300 para principiantes en Panamá. Mientras Uncurepa califica el pacto de “ilegal”, la ATTT evalúa avalar la medida y otorgar concesiones por 10 años

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Un sismo comercial e institucional sacude el mercado de la formación de conductores en Panamá. El acuerdo alcanzado por los representantes de las escuelas de manejo del país ha encendido las alarmas de los defensores de los consumidores y de la libre competencia, abriendo un complejo debate sobre la legalidad de sus actuaciones frente a lo estipulado en la legislación panameña.

El hecho: El acuerdo de la tarifa de $300

El acuerdo de “autorregulación” se pactó el pasado 4 de julio en una reunión celebrada en Penonomé, provincia de Coclé, que concentró a la mayoría de las empresas del sector. Según los promotores de la iniciativa, el ajuste busca estandarizar la calidad de la formación vial y garantizar la sostenibilidad de los negocios, los cuales operaban bajo un esquema de precios libres que permitía opciones más económicas para los estudiantes.

En declaraciones a Telemetro, la representante de la escuela de manejo Shaloon, Gina Tursi, detalló que el consenso fijó los $300 como el cobro base e indiscutible para quienes tramitan su licencia por primera vez. Añadió que, antes de este pacto, su propio centro mantenía precios de lista de $350, pero aplicaba descuentos que bajaban el costo en beneficio de la economía estudiantil, una práctica de flexibilización que desaparece con el nuevo suelo tarifario.

Actualmente, el registro oficial de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) contabiliza 99 escuelas de manejo autorizadas en el territorio nacional. Estas empresas pasan por inspecciones periódicas y renovación de documentos cada año para certificar seguros de vehículos, cumplimiento de normas viales y pago de impuestos, un ecosistema comercial que ahora busca blindarse mediante tarifas fijas y contratos estatales a largo plazo.

Las reacciones: Uncurepa califica el pacto de “ilegal”

El debate en torno a la estandarización de tarifas escala al plano de los derechos del consumidor. Pedro Acosta Insturaín, de la Unión Nacional de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá (Uncurepa), fijó una postura contundente frente a la intención de establecer un precio unificado en este sector, advirtiendo que la sola palabra “acuerdo” para fijar un costo violenta de forma directa la legislación vigente en el país.

Para el presidente de Uncurepa, existe una clara línea divisoria entre la regulación técnica del servicio y la manipulación del mercado. Acosta Insturaín señaló que la reglamentación operativa de estos centros es positiva y necesaria para el país:

“Definitivamente reglamentar la escuela de manejo está bien, hay una garantía de calidad y transparencia y todo de quienes van a brindar ese servicio... para garantizar que la persona que salga de ahí es idóneo para enseñar y para manejar”, dijo.

Sin embargo, el líder de los consumidores fue categórico al rechazar de plano que se unifiquen las tarifas, calificando la medida como un atentado contra el bolsillo de los ciudadanos y las reglas del mercado. “Lo que yo no entiendo y no podemos entender, no lo podemos aprobar, es eso de que un precio único, no, no, no, no. Ahí tiene que haber libre oferta y demanda, libre competencia. Si yo te cobro 100 dólares por enseñarte a manejar, está bien, pero ¿por qué tiene que ser todo el mundo 350? Eso no puede ser”, cuestionó.

Al analizar el fondo jurídico de la medida adoptada por el gremio, Acosta advirtió que el mecanismo utilizado vicia el proceso desde su origen. “Eso viola la Ley 45 y viola a todos. No, no, no debe haber acuerdos. Solamente la palabra acuerdo ya es ilegal”, sentenció de forma tajante. Para ejemplificar la gravedad de una distorsión de este tipo en la economía, comparó la situación con el sistema educativo general: “Imagínate la educación, la educación privada. Si todos los colegios católicos e independientes se ponen de acuerdo... No, no, no, eso tiene un costo. Libre oferta y demanda, pero eso de que tenga un precio no debe ser”.

La postura de la ATTT: Concesiones por 10 años en evaluación

A pesar de que la fijación conjunta de precios mínimos restringe la competencia en perjuicio del consumidor, la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) no rechazó la medida de inmediato. El director de la institución, Nicolás Brea, confirmó que espera la entrega formal del documento legal para evaluar la viabilidad de la propuesta y decidir si el Gobierno Nacional otorga el visto bueno a la tarifa unificada.

Brea vinculó la evaluación de estas tarifas a un plan de reestructuración institucional que busca transformar la relación con los centros de enseñanza. La administración de la ATTT planteó la posibilidad de sustituir los registros anuales actuales por contratos de concesión formalizados. Dichos contratos garantizarían a las escuelas la exclusividad y permanencia del servicio por un período de 10 años, prorrogables por un tiempo idéntico.

El marco legal: lo que dice la Ley 45 de 2007 y sus repercusiones

Desde una perspectiva legal estricta, la Ley 45 de 2007 dictamina las normas de protección al consumidor y defensa de la competencia en el país, con el fin de erradicar restricciones del mercado y preservar el interés del consumidor. Bajo esta normativa, las repercusiones para las escuelas de manejo podrían ser severas:

Práctica Monopolística Absoluta: La ley prohíbe taxativamente fijar, manipular, concertar o acordar los precios de venta o compra de bienes y servicios entre agentes económicos competidores. Al ponerse de acuerdo en Penonomé para establecer un suelo tarifario de $300, las escuelas configuran de forma directa esta infracción.
Invalidez Jurídica: Por mandato legal, las prácticas monopolísticas absolutas invalidan de pleno derecho los actos que las constituyan. Por lo tanto, el pacto firmado por las escuelas carece de cualquier validez legal.
Sanciones Económicas Millonarias: De comprobarse la comisión de una práctica monopolística absoluta mediante la concertación de precios, la ley estipula severas multas que pueden alcanzar hasta $1,000,000 (Un millón de balboas) para los agentes económicos involucrados. De determinarse prácticas monopolísticas relativas (como exclusividades o restricciones verticales de mercado), las sanciones administrativas ascienden a un máximo de $250,000.
La gran interrogante: ¿Sabía la Acodeco o investigará de oficio?

La situación genera una duda ineludible en la opinión pública: ¿Tenía conocimiento la Acodeco de que este “Acuerdo Nacional de Autorregulación” se estaba gestando entre las escuelas de manejo, o el gremio actuó de espaldas a la entidad reguladora?

La posición de Uncurepa es clara al señalar que el precio de estos cursos debe mantenerse sujeto estrictamente a los vaivenes de la libre oferta y demanda, instando a que se realicen las consultas correspondientes ante la autoridad fiscalizadora. La Acodeco, mediante la Ley 45 de 2007 advierte de forma general que no pueden existir acuerdos tarifarios uniformes entre competidores de un mismo rubro por constituir una práctica monopolística absoluta.

El mercado queda ahora a la expectativa de si la Acodeco iniciará de oficio una investigación formal en contra de las escuelas de manejo involucradas en el pacto de Coclé, un procedimiento que podría desmantelar el recién anunciado esquema de precios privados y frenar las intenciones de la ATTT de convalidar el polémico suelo de $300.

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