La jefa de gabinete del MEF defiende la urgencia del proyecto de ley de sustancia económica. Explica cómo esta normativa busca modernizar el sistema fiscal...
- 18/05/2026 00:00
Panamá es miembro de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) desde el 28 de junio de 1919. Ha ratificado 81 convenios y un protocolo, incluyendo ocho de los 10 convenios fundamentales, cubriendo la mayoría de las normas fundamentales, como las relativas al trabajo infantil (C138, C182) y violencia en el trabajo (C190) y el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso (núm. 029) y tres convenios de gobernanza.
Sin embargo, persisten instrumentos clave no ratificados, principalmente en áreas de negociación colectiva, seguridad social y sectores específicos.
Panamá no ha ratificado aún los Convenios núm. 155 de Seguridad y Salud de los Trabajadores, de 1981, ni el núm. 187 sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, de 2006, de la OIT, siendo estos dos los únicos convenios fundamentales que Panamá aún no ha ratificado. Estos dos convenios fueron elevados a fundamentales en 2022, junto con el reconocimiento del derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable como principio y derecho fundamental en el trabajo. Esto implica que todos los Estados miembros de la OIT, incluido Panamá, deben respetar, promover y realizar sus principios, incluso sin ratificarlos, y reportar periódicamente avances.
La legislación panameña sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) se basa principalmente en el Código de Trabajo (Decreto de Gabinete No. 252 de 1971, con reformas, especialmente la Ley 44 de 1995), complementado por reglamentos específicos, resoluciones de la Caja de Seguro Social (CSS) y normas sectoriales. Panamá cuenta con un marco normativo sólido y de orden público, aplicable a empresas públicas y privadas.
El Convenio núm. 155 de la OIT (Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, 1981) es uno de los instrumentos fundamentales en materia de seguridad y salud ocupacional. Fue adoptado el 22 de junio de 1981 en Ginebra y entró en vigor el 11 de agosto de 1983.
El Convenio núm. 187 de la OIT (Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, 2006) complementa al Convenio 155 y proporciona un marco estratégico para promover mejoras continuas en seguridad y salud ocupacional. Fue adoptado el 15 de junio de 2006 en Ginebra y entró en vigor el 20 de febrero de 2009. En 2022, junto con el 155, fue elevado a la categoría de convenio fundamental.
En resumen, el convenio núm. 155, establece el marco básico para la gestión de la SST tanto a nivel nacional como en el lugar de trabajo introduciendo un enfoque dinámico en la política nacional en materia de SST. En tanto el Convenio núm. 187 introduce un enfoque integrado de las normas sobre la SST, aumentando su coherencia, pertinencia e impacto. Busca que los países tengan una estrategia nacional coherente, con liderazgo gubernamental, participación social y enfoque preventivo, para reducir de manera efectiva los accidentes y enfermedades laborales.
No existe una razón pública oficial, explícita o ampliamente documentada, como oposición formal del gobierno, empleadores o sindicatos, que explique la demora. Búsquedas en fuentes oficiales de la OIT, noticias y documentos panameños no revelan controversias, bloqueos legislativos o debates públicos destacados al respecto. Posibles factores generales, comunes en muchos países que aún no los han ratificado, incluyen:
Prioridades legislativas: Panamá ha enfocado ratificaciones recientes en otros temas (ej. Convenio 190 sobre violencia y acoso en 2022, Convenios 129 y 183 sobre inspección laboral y protección maternal en 2022). La ratificación requiere análisis de compatibilidad legal, consultas tripartitas (gobierno, empleadores y trabajadores) y aprobación de la Asamblea Nacional.
Legislación nacional ya existente: Panamá cuenta con un Código de Trabajo, regulaciones del Mitradel (Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral) y políticas de seguridad y salud ocupacional. Tiene un Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esto reduce la urgencia percibida, aunque la ratificación fortalecería el marco y obligaría a reportes más estrictos.
Proceso de ratificación: requiere evaluación de brechas (gap analysis), posibles ajustes normativos y voluntad política. La OIT promueve activamente su ratificación mundial, pero muchos países, incluso desarrollados, aún no lo han hecho completamente.
Panamá es un país activo en la OIT, miembro desde 1919 y ha avanzado en seguridad y salud en el trabajo, por ejemplo, con planes nacionales y cooperación técnica. La no ratificación no significa ausencia de protección; el país aplica principios similares a través de su normativa interna y otros convenios ratificados como los de inspección laboral. Parece más una cuestión de prioridades y proceso pendiente que de oposición sustantiva. Los sindicatos y la OIT probablemente promuevan su ratificación en un futuro próximo. Todo Estado miembro que lo ratifique debe promover la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo para prevenir lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con el trabajo. Esto se logra mediante:
El desarrollo de una política nacional: la desarrollada según el Convenio 155.
Un sistema nacional: infraestructura administrativa, institucional y técnica que apoya la implementación de la política y los programas.
Un programa nacional de SST: específico, con objetivos medibles, plazos y medios de evaluación.
Cultura nacional de prevención: cultura en la que el derecho a un medio ambiente de trabajo seguro y saludable se respeta en todos los niveles; el gobierno, empleadores y trabajadores participan activamente mediante un sistema claro de derechos, responsabilidades y deberes, priorizando la prevención.
Se deben adoptar medidas activas para lograr, de forma progresiva, un medio ambiente de trabajo seguro y saludable, considerando los principios de otros instrumentos de la OIT.
En América Latina y el Caribe, las ratificaciones de estos convenios son limitadas, alrededor de una docena para el 155 y menos para el 187 en algunos reportes.
La OIT impulsa una campaña global de ratificación y ofrece asistencia técnica para análisis de legislación y preparación.
La asistencia técnica que brinda la OIT a sus constituyentes; gobierno, empleadores y trabajadores, en el país se da por medio de un equipo de especialistas y mediante la ejecución de proyectos de cooperación técnica que atienden los retos prioritarios identificados en las diferentes áreas del ámbito laboral; con el fin de cumplir con el mandato de promover el trabajo decente e impulsar la justicia social.
El Convenio núm. 155, como convenio fundamental de la OIT, todos los Estados miembros de la OIT, incluido Panamá, aunque no lo haya ratificado, deben respetar, promover y reportar avances sobre sus principios. Complementa al Convenio 187 (sistema nacional de SST) y respalda el reconocimiento del derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable como principio fundamental.