Nuevo reglamento, más penalizaciones

Actualizado
  • 19/03/2015 01:00
Creado
  • 19/03/2015 01:00
En dos meses, estará listo el nuevo reglamento de Tránsito. Se espera prevenir accidentes al aumentar las multas 

A principios del 2015, una serie de accidentes causaron conmoción entre los panameños.

Lo más sorprendente fueron las causas por las que se produjeron. Uno de ellos, ocurrido el domingo 25 de enero, se debió a que el conductor, de 21 años, del bus que transportaba a 16 pasajeros en la ruta David-Puerto Armuelles, en Chiriquí, se precipitó en un declive, causando la muerte del conductor y cinco pasajeros. Según testigos del hecho, el joven chateaba mientras conducía el vehículo.

En otro accidente, ocurrido ese mismo fin de semana, un microbús colisionó y provocó la muerte de 4 pasajeros en Panamá Oeste. El conductor iba con exceso de velocidad.

La muerte de estas 10 personas en un fin de semana obligó a l a Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) a promaclar, ese mismo lunes, que aumentaría las sanciones por violacion a las normas de tránsito.

DEMORA

Desde entonces, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) ha realizado dos juntas directivas, una ordinaria y otra extraordinaria, para revisar el Reglamento de Tránsito Vehicular, Decreto Ejecutivo No. 640 de 27 de diciembre de 2006.

Según Julio González, director de la institución, se está haciendo una revisión integral al reglamento, con la participación de parte del equipo de Asesoría Legal y la Dirección de Operaciones de la Policía Nacional.

Aún se requieren dos meses adicionales para analizar los articulados y presentar el documento consensuado al Órgano Ejecutivo, para después ser aprobado y promulgado en la Gaceta Oficial.

CAMBIOS PUNTUALES

Al decreto de 2006, de 267 artículos, se le modificarán aquellos que corresponden a temas como transporte público, licencias, multas y prohibiciones.

González explicó que uno de los cambios ya consensuados es el inciso ‘t’ del artículo 132 del Reglamento, que establece la prohibición de ‘hablar por teléfono mientras conduce’.

El nuevo reglamento censurará la utilización de cualquier aparato tecnológico que distraiga al conducir, como iPod, iPhone, cámaras, tablets y televisores.

La sanción actual por hablar por teléfono al conducir es de $75 y $50 por hacerlo superior al límite de velocidad.

También se aumentará la edad mínima para conducir vehículos dedicados al transporte de pasajeros, público o privado, de 21 a 25 años.

Igualmente, se dará mayor claridad al artículo 140 que establece pruebas para determinar el consumo de bebidas alcohólicas o intoxicación por estupefacientes.

El artículo 31 busca bajar el nivel de concentración de alcohol en la sangre. Hasta el momento, los conductores que mantengan niveles de alcohol inferiores a los 24 microgramos por decilitro en el aliento solo reciben advertencia, pero se persigue ‘cero tolerancia’.

En la clasificación de ‘aliento alcohólico’, que va de 25 a 40 microgramos por decilitro de aire, se propone reducirlo entre 5 a 9 (mcg x dl), límite usado en países como Argentina, Chile, Colombia y Costa Rica.

El aumento del monto de las multas por manejar en estado de embriaguez y exceso de velocidad también acarreará el alza de los puntos para renovar la licencia. Si los 35 puntos son retirados en 3 meses, se retiene la licencia.

Con los cambios, los conductores que estén ingiriendo alcohol y conduzcan a exceso de velocidad serán penados con $150 y posteriormente aumenta con agravantes hasta $2,500 con la cancelación definitiva de la licencia.

Otros aspectos, como no portar la silla del bebé y el libro del reglamento en el carro, serán incluidos para especificar una sanción. La norma mantiene la obligación, pero no una multa, por incumplimiento.

También se modificará el literal ‘d’ del artículo 7 sobre el uso de extintor de incendios para los vehículos a motor y dejar establecido el tipo ABC, que atiende cualquier tipo de sustancia.

REACCIONES

Para el exdirector de la ATTT, Carlos Harris, se necesita una revisión completa de las normas de tránsito, tanto en lo administrativo como en lo penal, previo serios estudios.

Harris, abogado de profesión, explicó que la tendencia mundial para reducir estos accidentes de tránsito fatales es elevar a categoría de delito las ‘conductas temerarias’ como conducir con exceso de velocidad y en estado de embriaguez.

‘La única manera de reducir los accidentes fatales en Panamá es controlar el exceso de velocidad, tanto en la carreteras, como en la vías y las calles de nuestros poblados y ciudades’, sostuvo.

SOLO MULTAS

El exjefe de la ATTT consideró que aumentar las multas, no garantiza , que los conductores dejen de conducir a velocidad excesiva o ebrios.

En ese sentido, Harris apuntó a establecer programas de educación vial en todos los centros escolares públicos y privados, desde la etapa elemental.

Según el abogado, el típico conductor panameño, si no percibe la presencia de agentes policiales, viola sin misericordia las normas de tránsito. Además, criticó el hecho de que la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia haya eliminado las cámaras de control de velocidad, ya que este ‘sistema de cámaras para controlar la velocidad ha sido muy eficiente en otros países’, dijo.

VIOLACIONES DE TRÁNSITO

Sandra Escorcia, quien también dirigió la ATTT, no se opone a que el Reglamento sea revisado, pero hace hincapié en que los cambios deben estar sujetos a la ley.

La arquitecta explicó que las sanciones por ingerir o no alcohol son materia de índole penal y en otros países el homicidio culposo es cuando no se está en estado de embriaguez. En cambio, en Panamá es culposo.

‘Eso es materia de ley, no un decreto o reglamento’, especificó.

Sin embargo, la exdirectora precisó que la ATTT, junto con la Policía Nacional, debe realizar una investigación sobre las denuncias de abuso de autoridad y colusión.

‘Los mismos miembros de los estamentos de tránsito y operaciones de la Policía desconocen el reglamento y olvidan que la ley tiene mayor autoridad que sus reglamentos. Están violando la ley, por consiguiente están abusando de los ciudadanos’, argumentó.

Además, indicó que los juzgados de tránsito, que están adscritos a los municipios, ‘infringen la ley’ al no darle al ciudadano lo que establece el Código Administrativo, referente a que cualquier acto puede ser recurrido y debe permitirse al ciudadano presentar descargos, a través de testigos y peritajes.

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