Exfiscal Electoral: “Judy Meana no puede renunciar”

Actualizado
  • 09/02/2023 18:47
Creado
  • 09/02/2023 18:47
Judy Meana presentó su renuncia al cargo de vicealcaldesa en medio de fuertes críticas al alcalde Fábrega por los incrementos de los impuestos municipales

Tras la renuncia de Judy Meana como vicealcaldesa de la comuna capitalina, han surgido cuestionamientos sobre si puede o no abandonar un cargo al que fue electa por votación popular.

La Estrella de Panamá, consultó al exfiscal Electoral, Boris Barrios, y explicó que Meana su renuncia no es válida, toda vez que fue electa por periodos fijos, “cuando un diputado, alcalde o representante es electo por votación popular, el jefe de la persona electa es la circunscripción electoral que le dio el voto y que lo eligió, por eso se habla del contrato de representación política que es por un periodo de 5 años”.

Barrios señaló que en el caso de Judy Meana  que su renuncia lo hace por disconformidad en la práctica arbitraria en la toma de decisiones.

Aseguró que si Fábrega le dio un cargo administrativo dentro de la Alcaldía, si es nombramiento de remoción y designación, “la ley no le asigna una función al vicealcalde dentro de la estructura del personal de un Municipio”.

Pero si a Meana, explica el ex-fiscal Electoral, la nombró el alcalde en algún cargo con funciones administrativas, él seria su jefe administrativamente, y tendría la potestad de removerla del cargo y ella podría renunciar.

El pasado mes de enero de 2022, al alcalde Fábrega, designó a Meana, como coordinadora de la Dirección de Comunicaciones del Municipio de Panamá (MUPA). Sin embargo, en la nota donde informa sobre su renuncia, no menciona que su renuncia haya sido a ese cargo, sino como vicealcaldesa de la ciudad de Panamá, para el periodo 2019-2024.

“Esta renuncia no tiene ningún valor, porque el alcalde titular no es el jefe de la vicealcaldesa. ellos no tienen jefe, es la representación política por un periodo determinado y posiblemente Judy Meana no lo consultó, porque ella si estaba nombrada con una asignación especifica administrativa por parte de Fábrega, a ese cargo sí podría renunciar”, agregó el exfiscal Barrios.

Pero...¿Qué establece el Código Administrativo sobre las renuncias de funcionarios electos por votación popular?

El Artículo 816 enumera los 7 motivos suficientes para eximirse de servir un destino obligatorio:

1- Impedido físico por causa que con toda probabilidad se extiende a más de la mitad de lo que falte del periodo respectivo. “Para que esta causal sirva de excusa, es preciso que con toda probabilidad haya que durar más de la mitad de lo que falte del periodo respectivo, pues en caso contrario hay apenas motivos para conceder una licencia”.

2-Estar sirviendo a otros destino público;

3-Haber servido en el año anterior un destino oneroso siquiera por seis meses;

4- Ser mayor de sesenta años y menor de veintiuno;

5- Grave calamidad doméstica, como enfermedad grave o muerte de padre, esposa e hijos, o gravísimo trastornos de interés que exijan cuidados y atenciones incompatibles con las funciones del empleo;

6-Haber aceptado otro destino que deba durar más de la mitad de lo que falte en el periodo respectivo. Si la duración ha de ser menor, es apenas motivo para una licencia por el tiempo de la causal; y

7-Incompatibilidad de funciones respecto de otro empleo existente, según el Artículo 825.

Concejales reaccionan a renuncia de Judy Meana como vicealcaldesa

La presidenta del Consejo Municipal de Panamá, Yoira Perea, representante del corregimiento de Chilibre, opinó que le sorprendió la decisión de Meana, “hubiéramos esperado otra cosa, ya que los hemos visto trabajando en equipo con el alcalde Fábrega, nunca vimos una mala relación entre ellos”.

El representante de Bella Vista, Ricky Domínguez, señaló que él se hubiera quedado en el puesto “y si estoy en contra de muchas cosas, yo vendría al Consejo Municipal, porque ella fue electa popularmente y tiene derecho a venir y si las cosas están mal, decirlo”.

“Ella debe estar molesta con todo lo sucedido y por las decisiones inconsultas del alcalde Fábrega, ella era la que tenía que dar la cara y defenderlo, sin embargo fue electa y cuando uno es electo por votación popular, debe durar hasta el final del periodo”, agregó Domínguez.

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