• 01/08/2009 02:00

Hidroeléctricas vs. derechos humanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó la suspensión de la construcción de la hidroeléctrica Chan 75 en Changuinol...

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó la suspensión de la construcción de la hidroeléctrica Chan 75 en Changuinola, al igual que las actividades relacionadas con la concesión que el Estado le otorgó a la empresa AES a lo largo del río Changuinola. Esta orden obedece a que AES Changuinola y el gobierno violaron los derechos de los indígenas al desalojarlos de sus comunidades de manera forzosa y a que no se les permitió el libre consentimiento para decidir sobre la construcción del proyecto.

Desde hace varios meses atrás se han levantado varios grupos que se oponen a la creación de más hidroeléctricas. Y uno de estos grupos le exigió al ex presidente Martín Torrijos que se comprometiera a no dar más concesiones para esta actividad. Si la realidad es que hay necesidad de producir más energía eléctrica, la respuesta está en la creación de más hidroeléctricas. Y ello obedece, a que disponemos de mucha agua, a parte de que las hidroeléctricas son más baratas y menos contaminantes que las termoeléctricas. Si bien se hace necesario desarrollar otros tipos de energías limpias, nuestra realidad es que no disponemos de otros recursos naturales capaces de sustituir el agua, por lo que son necesarias las hidroeléctricas.

Las comunidades que están en las áreas de incidencia, donde se van a instalar las hidroeléctricas, tienen toda la razón para protestar y oponerse a las mismas, en razón de que son afectadas directamente. Entonces, hay que poner en la balanza, de un lado, la necesidad de producir energía eléctrica y del otro, el grave perjuicio que se les ocasiona a estas comunidades indígenas cuando se les obliga a abandonar su hábitat natural.

Es un hecho real que con esta concesión se violentaron los derechos humanos de los afectados, y que la ANAM, al momento de evaluar el Estudio de Impacto Ambiental, incumplió con su responsabilidad de verificar que el promotor del proyecto efectivamente cumplió con las normas relativas a la participación ciudadana, como son la Ley No. 6 de 22 enero de 2002 y el Decreto Ejecutivo No. 209 de 5 de septiembre de 2006.

La intervención de la CIDH debe servir para que en el futuro haya garantías de que las personas afectadas por las hidroeléctricas sean reubicadas en mejores condiciones que las que tenían, porque a nadie le gusta que lo saquen de su tierra y lo abandonen a su suerte.

Los panameños resentimos que la energía eléctrica es muy cara, pese a que Panamá aporta la principal materia prima, que es el agua. De ahí que el presidente Ricardo Martinelli está de acuerdo con que el uso del agua para las hidroeléctricas sea en beneficio de todos o de lo contrario, y con razón, crecerá el movimiento que se opone a las hidroeléctricas.

*Presidente de La Voz de Arraiján.varraijan@cwpanama.net

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