• 05/10/2015 02:00

Una amnistía inconveniente

La Amnistía es una institución de olvido y perdón, que se decreta mediante ley y el único ente facultado para hacerlo es la Asamblea Nacional.

La Amnistía es una institución de olvido y perdón, que se decreta mediante ley y el único ente facultado para hacerlo es la Asamblea Nacional.

A diferencia del indulto que solo borra la pena, la amnistía es el perdón de la pena y el olvido del delito y por ende, se aplica tanto a quienes estén condenados como a aquellos que se encuentren siendo procesados sin sentencia firme. Asimismo su origen y naturaleza es el de servir como instrumento de paz en aquellos momentos en que los países han llegado a niveles catastróficos de conflagración y conflicto social, pues sin ella no se lograría la reconciliación.

Tiene como requisito, que se trate de delitos políticos. Si bien es cierto no existe norma que establezca qué son delitos políticos, ya la Corte lo ha señalado claramente coincidiendo con la doctrina y derecho comparado, de que se trata (en el caso panameño) de los delitos contra la personalidad internacional y/o interna del Estado, entiéndase terrorismo, espionaje, subversión, golpes de Estado, actos de secesión, etc.

A raíz de la discusión del Proyecto de Ley 247, que pretende decretar una amnistía a favor de los estudiantes institutores que en la actualidad se encuentran detenidos, debo reconocer que esta figura, desde el punto de vista técnico jurídico, encuadra perfectamente en los supuestos que les favorecen, por cuanto que el Ministerio Público, de manera forzada en mi opinión, les formuló el tipo penal de terrorismo, entre otros cargos.

Sin embargo, es mi parecer que esta iniciativa se aleja desde el punto de vista sociológico, de los fines y objetivos de una amnistía, por lo que deviene exagerada con respecto al tamaño y dimensión de los hechos que pretende sanar. Aunado a lo anterior, debemos recordar que esta amnistía les reconocerá la condición de ‘presos políticos ', pero a condición de aceptar que su conducta se enmarcó dentro de las propias del terrorismo. Por eso, esta iniciativa deviene extraordinariamente peligrosa e irresponsable.

No olvidemos que el MEDUCA extrañamente no inició y/o ha dejado inconclusos los procesos disciplinarios y la mayoría de estos jóvenes es, a nuestro parecer, responsable de muchos actos que debieran ser sancionados por esta vía, además de la penal (excluyendo terrorismo). Al darse el olvido del delito antes de una sentencia condenatoria, ¿qué impedirá que estos jóvenes no reclamen su reingreso al colegio?

Todos conocemos perfectamente los métodos de lucha de nuestro pueblo y sus organizaciones populares. Aceptar tal amnistía en estas condiciones y circunstancias a cambio de reconocerse implícitamente terroristas, sentará un nefasto precedente y quedará como una espada de Damocles sobre los movimientos estudiantiles y populares. Por cualquier cosa, procesarán a las dirigencias por terrorismo, para quedar luego a merced de las veleidades políticas de los diputados.

Muchos me dirán que es muy cómodo decirlo, porque no es mi hijo el que está dentro y es cierto. Por eso, no seré quien para juzgar, si algunos padres optaran por aceptar este beneficio.

ABOGADO Y EXINSTITUTOR.

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