• 31/01/2020 04:00

Seguridad ciudadana vs. respeto a las garantías fundamentales

París. — Recientemente, el ciudadano ministro de Seguridad de Panamá ha declarado su insatisfacción por las decisiones del Órgano Judicial.

París.— Recientemente, el ciudadano ministro de Seguridad de Panamá ha declarado su insatisfacción por las decisiones del Órgano Judicial. En su opinión, el Órgano Judicial está entorpeciendo los esfuerzos de la labor policial, por lo cual critica y anuncia que desea reunirse con la Corte Suprema de Justicia.

Creo que el ministro de Seguridad se olvida de varios Principios esenciales en un Estado de derecho: del Principio de Presunción de Inocencia; del Debido Proceso; del Principio de Legalidad. El principal, de la Separación de los Poderes del Estado. En virtud de este Principio, cada Órgano del Estado tiene definido el perímetro de su competencia, siendo la función del Órgano Judicial la de administrar justicia.

La función del Ministerio Público es la de ejercer la acción pública y perseguir los delitos. Y la del Ejecutivo es la de administrar y gestionar y, en materia de Seguridad Ciudadana, el establecer las políticas necesarias para lograrlo y ejecutarlas.

El ministro recordará que el Órgano Judicial administra justicia con la Ley y la Constitución como instrumentos, en nombre de la República. Su función implica la defensa y respeto de las garantías fundamentales de los ciudadanos.

Por consiguiente, si todo o parte de la Ley incumple su misión, tiene errores, incoherencias o es inoperante, pues, la responsabilidad del Ejecutivo es elaborar y proponer el cambio legislativo que crea conveniente.

En opinión del Jurista Joaquín Jácome (exdirector de la Policía Técnica Judicial 2004 y 2007) “el ministro de Seguridad, siguiendo el criterio acaparador de los cuerpos de policía, no quiere entender que la función de investigación judicial y forense debe ser ejercida por un ente autónomo supervisado por el Ministerio Público y el Órgano Judicial, y que, sin ese elemento, el sistema penal acusatorio no será efectivo, y lo más triste es que el Ministerio Público parece tampoco entender esto. Y lo más fácil es pedir a los jueces que avalen investigaciones incompletas y poco profesionales”.

Ahora bien, el comentario vertido por el ministro es posible apreciarlo desde el punto de vista institucional: se trata de una intromisión inadmisible del Ejecutivo en la función jurisdiccional. Y el promocional: es un anuncio publicitario que admite un mal resultado y es la expresión de la impotencia.

No se le puede pedir al Órgano Judicial que corrija errores de investigación, ni que legisle, ni que viole la ley, ni que ignore las garantías constitucionales, incluso, de los presuntos delincuentes y procesados.

Si el fallo de un juez es incorrecto, existen correctivos, dentro del marco de la Ley. Ahora, si la idea es promover la venganza, podemos olvidarnos de la Ley, de los derechos procesales. Podemos cerrar el Órgano Judicial y darle el poder a la Policía para que detenga, juzgue y ejecute en el acto. Podemos nombrar grupos de ejecución instantánea. ¿Pero cuando los abusos comiencen, cuando la criminalidad siga, cuando los inocentes mueran, a dónde recurrirán los ciudadanos?

El equilibrio entre seguridad y derechos es difícil, pero los planteamientos del ministro son impropios de alguien que quiere construir un mejor país. La ciudadanía debe entender lo que significa una República, un Estado Liberal de Derecho y las garantías y responsabilidades del ciudadano. No se puede vivir en libertad sin responsabilidad, como tampoco se puede vivir en un Estado de derecho quebrantando la Ley.

Jurista, Refundación Gremial.
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