• 10/03/2020 04:00

Cannabis medicinal sin vaporizadores es un contrasentido

“No pedimos más que un debate legislativo de mayor consulta. Las políticas públicas de salud deben ser [...] principalmente con los pacientes como beneficiarios”

La discusión y aprobación en la Asamblea Nacional (AN) del proyecto de Ley a través del cual se regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis, que representa una esperanza clínica para muchos pacientes, ha tomado un giro que, lejos de provocar alegría, está generando desconcierto y preocupación.

En cinco meses han ocurrido varios hechos que sustentan nuestra preocupación por el curso que ha tomado esta iniciativa.

Todo inició el día 2 de octubre de 2019, cuando el diputado y presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, Crispiano Adames, presentó el Proyecto de Ley 153, que busca legalizar el uso del cannabis medicinal, como una iniciativa legislativa para dictar las medidas que regulen el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. Esta iniciativa fue aprobada en primer debate en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, como una política para beneficiar a los pacientes de enfermedades crónicas, entre otras, con una planta que la ciencia ha demostrado que tiene una gran utilidad terapéutica y paliativa para muchas enfermedades que no encuentran terapia clínica eficaz con otros medicamentos tradicionales y se encuentra actualmente para discusión en segundo debate en el pleno de la AN.

Paralelamente, el mismo diputado Adames presentó ante el pleno de la AN el Proyecto 178, el día 28 de octubre de 2019, con la intención de prohibir la comercialización y el consumo de vaporizadores. Este anteproyecto fue aprobado en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social. El Proyecto de Ley 178 se encuentra para discusión en segundo debate.

El proyecto sobre el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados busca ayudar a pacientes con enfermedades crónicas y otros padecimientos y el Proyecto de Ley 178 busca prohibir la comercialización y el uso de vaporizadores en términos generales, incluyendo aquellos que son utilizados para la administración de cannabis medicinal.

Por lo anterior, el Proyecto de Ley 178 de prohibición de vaporizadores, es incompatible con el proyecto de cannabis medicinal, y principalmente porque ambos han sido presentados por el mismo diputado, lo que nos lleva a pensar que ninguno de los dos proyectos ha sido debidamente analizado científicamente. Por un lado, le queremos dar una solución clínica a pacientes con enfermedades que no son tratables eficazmente con medicamentos tradicionales, y por otro lado le prohibiremos a estos mismos pacientes la vía de administración más óptima, que es la vía pulmonar.

Es importante que la actividad del vapeo se analice con mayor detalle y se desmitifiquen los temas relacionados con ella. El vapeo en sí mismo no es causante de los problemas que se han visto en los Estados Unidos relacionados a afecciones pulmonares. Es importante que se aclare que la epidemia de las afectaciones pulmonares graves que se vio en este país, tuvo su origen en el consumo, en un tiempo determinado en 2019, de líquidos para vapear adulterados con acetato de vitamina E, el cual no está hecho para ser vaporizado.

Estos hallazgos han sido corroborados por el Centro de Control de Enfermedades de los EE. EE. en Atlanta y no ha habido nuevos reportes. Con una regulación adecuada, en lugar de una prohibición, estas situaciones pueden ser evitadas. De otro lado, con una prohibición de vaporizadores, no solo el Estado le prohibirá a los pacientes el uso de la vía de administración más adecuada para el cannabis, sino que perderá completamente el control de los productos que se consuman a nivel local y causará inadvertidamente un incremente drástico en la incidencia de productos provenientes del mercado negro.

A nivel internacional se está desarrollando un sinnúmero de tecnologías para la administración del cannabis por la vía pulmonar, y con una política de prohibición de sistemas electrónicos de administración de cannabis, se va a prohibir el uso de estas tecnologías a los pacientes locales, estando esta vía de administración debidamente autorizada y regulada en países de altos estándares de políticas públicas.

No pedimos más que un debate legislativo de mayor consulta. Las políticas públicas de salud deben ser producto de una discusión abierta, transparente y basada en la ciencia, pero principalmente con los pacientes como beneficiarios.

Paciente de Epilepsia desde 2005.
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